Primeras lecciones de las candidaturas independientes

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Fuente: Las NoticiasYA

Más allá del alto abstencionismo y las declaraciones aventuradas de victoria –posteriormente borradas– en las elecciones del 7 de julio pasado, una noticia que pasó casi inadvertida fue el segundo triunfo de una candidatura independiente a nivel local. Se trata del municipio General Enrique Estrada, en Zacatecas.

Con 1,378 votos, o el 50.4 % de la votación,  según el PREP del estado, Raúl de Luna Tovar venció a la alianza PAN-PRD y al candidato del PRI. De Luna ya había sido presidente municipal en el período 2007-2010, postulado por el PAN.

Antes que él, en 2007, José Adonay Avilés fue elegido presidente municipal de Yobaín, Yucatán. Avilés fue alcalde con el PRI en dos períodos distintos (1995-1998 y 2001-2004), antes de ser electo como independiente ese año. Al terminar lo siguió en el cargo a su hermano, Wilmer, y compitió por cuarta ocasión en 2012, como priista otra vez. En su cuarto trienio, Avilés es acusado de visitar el municipio sólo para “cobrar quincena”. A pesar de ello, tiene la distinción de ser el primer gobernante independiente en el país en el siglo XXI.

La existencia expresa del derecho a ser candidato independiente en México existió hasta los años cuarenta del siglo pasado cuando se prohibieron como parte del proceso de centralización del poder en el PRI.  El año pasado se reformó el artículo 35 de la Constitución para permitir que ciudadanos sin afiliación partidista pudieran competir a todo cargo de elección popular.

Previo a la reforma, la Suprema Corte –en análisis del caso de Yucatán- aceptaba su existencia: si los estados las querían permitir estaban en su derecho, pero no era obligatorio hacerlo.

En Zacatecas la legislación para candidatos independientes exige presentar un número de firmas y copias de las credenciales de elector de cada firmante para registrar la candidatura. Dependiendo del tamaño del municipio, o si la elección es para diputados o gobernador, son distintos el número de firmas que se deben presentar como porcentaje del padrón electoral. Una vez que le candidato se ha registrado tiene que informar el origen de los recursos que usará y en caso de ganar el 50% de estos serán reembolsados por el instituto electoral. Aunque el reglamento electoral local establece que tendrán derecho a la distribución de spots en medios de comunicación, la distribución es responsabilidad del IFE y tiene que ser aprobada por su Comité de Radio y Televisión. Ante la ausencia de legislación federal al respecto, el Comité de Radio y Televisión asignó espacios en medios a los candidatos independientes como si se tratara de partidos de reciente creación. Uno de los problemas más visibles de esta solución es que los candidatos independientes a nivel municipal difundieron su publicidad a todo el estado por la imposibilidad técnica de bloquear la señal a tan baja escala.

En Yucatán la ley electoral permite competir a candidatos independientes en procesos para gobernador, diputados y ayuntamientos. Los aspirantes a una candidatura independiente deben notificar su participación a la autoridad electoral 60 días antes del inicio del plazo de registro de candidaturas. Cada cargo tiene un umbral distinto de firmas (con clave electoral, nombre y dirección del firmante, y certificada por notario público) para permitir la postulación de un candidato: 2% del padrón estatal para aspirar a la gubernatura, 15% del padrón distrital para una diputación, y distintos porcentajes que dependen del número de regidores en el municipio. Los candidatos deben acreditar el origen del dinero con el que financiarán la campaña, y, al igual que en Zacatecas, el 50% de los gastos, siempre comprobados, puede ser reembolsado por el instituto electoral. En materia de acceso a radio y televisión, no existe una ley como tal, sino «lineamientos». Los candidatos independientes deben recibir aprobación del Consejo General del instituto electoral local para utilizar medios de comunicación para difundir su campaña, que a su vez es distribuido según la pauta determinada por el IFE.

Este par de experiencias con candidaturas independientes en México nos pueden dar algunas pistas de qué veremos en otros estados y probablemente a nivel federal, tanto en términos de legislación, como de qué candidatos se presentan y qué instrumentos usan para ganar.

Es difícil imaginar legislación electoral para candidatos sin partido que no sea relativamente restrictiva. Considerando que todo el sistema electoral mexicano está basado en la preeminencia del dinero público en el financiamiento de campañas, y la prohibición a la compra directa de espacios en los medios de comunicación, las candidaturas independientes tienen que ajustarse a estos criterios.

La experiencia en Zacatecas aún no deja claro si tratar a cada candidato independiente como un partido nuevo en términos de acceso de medios de comunicación sea una buena idea; también falta ver qué sucede con la fiscalización de las campañas, e incluso si de la regulación para la fiscalización de candidatos independientes surgen ejemplos sobre cómo fiscalizar mejor a los partidos políticos. La posibilidad de que haya candidatos que ganen elecciones con poco o nulo acceso a medios de comunicación nos debe poner a pensar sobre qué otras estrategias de campaña a nivel local pueden existir que no están basadas en medios masivos. Esto incluye la capacidad de caciques locales de generar una estructura política al margen de los partidos, que permita mantener un control prolongado, directo o indirecto, de un cargo.

De estas experiencias lo que parece más importante es cómo se relacionan las candidaturas independientes con el resto del sistema político. Tomando sólo los dos casos mencionados, la candidaturas independientes se muestran como una forma de independencia de políticos profesionales frente a las dirigencias partidistas. Esto implica que las dirigencias serán más cuidadosas en cómo intervienen en la política local, y cómo diseñan sus procesos de selección de candidatos. Un partido que sistemáticamente intervine desde el centro en contra de sus cuadros locales, sean estos buenos o malos cuadros, corre el riesgo de generar una sangría en favor de candidatos sin partido. Al mismo tiempo esto puede empujar a los partidos a que sus procesos internos sean más abiertos, y que si hay un buen candidato que no pertenece a la estructura del partido, éste tenga la posibilidad de participar en un proceso de selección interno. Es decir, las candidaturas independientes tal vez no sirvan para mucho más que para presionar a los partidos existentes para democratizarse internamente, pero tampoco parece que sirvan para mucho menos.


Un comentario en “Primeras lecciones de las candidaturas independientes

  1. Sobre la distribución de tiempos en radio y tv. En Zacatecas los tiempos se distribuyeron del que les corresponde a las autoridades electorales y ello lo determinó el Instituto local y fue avalado por el IFE en su carácter de autoridad administradora única de tiempos en radio y tv, pero el IFE no decide eso.

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