Sobre el derecho al porvenir de las mujeres excarceladas

Para contrarrestar las adversidades y violencias que ocasionan las sociedades desiguales en que subsisten las mujeres privadas de libertad, es necesario desarrollar perspectivas críticas sobre los criterios normativos sostenidos por una idea masculina del deber ser. No sólo las formas vigentes de castigo, sino también las de reparación del daño se construyen y sostienen según lo que reportan las experiencias de subjetividades masculinas heteronormadas. De modo que, quizá, éste es el principal reto que debe enfrentar cualquier mecanismo o modelo alternativo a la justicia penal.

En este contexto, propongo reflexionar sobre la subjetividad afectiva como una puerta que conduce a un amplio horizonte de posibilidades para que las mujeres no se vean obligadas a renunciar a su derecho al porvenir, ya sea por su condición de género, estamento socioeconómico, edad o estatus jurídico. Al poner atención en la subjetividad afectiva de las mujeres privadas de libertad se establece una perspectiva de análisis y entendimiento que las sitúa como agentes críticos de su propia realidad en un escenario público que evidencia la deuda histórica que tienen el Estado, la sociedad y el sistema de justicia con ellas.

La subjetividad afectiva tiene sus cimientos en la capacidad experiencial que gozamos todas las personas, cuya huella personal está constituida por la experiencia vivida la cual es nuestra principal fuente de conocimiento para explicar, dar sentido y forma al mundo que nos rodea, que nos afecta. Sin embargo, reconocer dicha subjetividad afectiva no es suficiente para lograr una transformación de las estructuras de desigualdad que someten a las mujeres, en lo general, y las mujeres privadas de libertad, en lo particular. Para ello es necesario que la subjetividad afectiva sea interpelada por medio de un aparato epistemológico crítico capaz de distinguir las formas en que las instituciones internalizan la violencia contra las mujeres, entre las cuales se encuentra la institución penitenciaria, convertida además en una industria del castigo, el control, las penas y los delitos. Una industria que deshumaniza a las mujeres en tanto que las incapacita y despoja del derecho al porvenir. Este es el mundo al que debe dar sentido la subjetividad afectiva de las mujeres encarceladas; una realidad que las mantiene en una dinámica reflexiva y de resistencia y que les indica que su condición de mujeres en el mundo nunca es neutral.

Si bien hay distintas formas de definir la experiencia, la afectividad crítica que tiene lugar en ella se precisa por eventos inesperados, es decir, por la incertidumbre inherente al hecho mismo de estar vivas. Así mismo, está marcada por situaciones desconocidas e inciertas que, en un mundo de colectividades cambiantes y dinámicas, las obligan a reconocer quiénes son en el marco de sus propios límites. Estas experiencias de vida les permiten identificar lo que está fuera de su alcance y control ya sea en un plano intelectual, físico o emocional. Y esos límites siempre son relacionales, nunca autocráticos, y se materializan en relación con los otros. Quizá sea por ello que, en los últimos años, se ha construído una íntima relación entre las artes y las cárceles. No como recurso para conocer la condición humana (como lo enuncia uno de los clichés más populares impuestos sobre las prácticas y experiencias artísticas) sino como asideros afectivos para explorar desde el potencial creativo y poético de las personas por qué en medio de tanta violencia y daño social todavía es posible afirmar y defender que la vida humana posee valor inalienable.

La afectividad crítica no es una cosa, un mecanismo, un dispositivo, ni un recurso para un fin específico. Es un estado disposicional sobre la posibilidad como fenómeno en sí mismo, así sin objeto ni objetivo. Tener disposición a la posibilidad a su vez posibilita que la relación con los otros sea equilibrada, dialéctica y complementaria; sólo en ella somos capaces de reconocer los límites propios e identificar críticamente lo que nos afecta, socava, mueve y transforma. La afectividad crítica mantiene viva la disposición a la posibilidad y con ello nos invita a fortalecer la experiencia vivida cualitativamente para dejar de pensar la vida como mero tiempo acumulado.

Ilustración: Estelí Meza

La afectividad crítica como mecanismo contra el estigma

La prisión es un espacio que controla las subjetividades afectivas que de una u otra forma se resisten a renunciar a su derecho al porvenir. Es un microcosmos de eventualidades en donde tienen lugar interacciones sociales, intersubjetivas e intercorporales en las que las mujeres son antes que todo cuerpos y subjetividades que experimentan y dan sentido al mundo desde la prisión. El Estado, por su parte, es un ente legítimo de control que incapacita a las mujeres en el encierro, aniquila la disposición a la posibilidad, so pretexto del error, la falla, la falta, la conducta incivilizada, la maldad y la imposibilidad liminal. El problema con esta forma de ser y operar del Estado consiste en que,en este contexto, sólo se puede ser una cosa o un objeto, nunca una subjetividad con apertura al cambio. La transformación de la subjetividad puede pensarse como el péndulo poético que propone el poeta Paul Valéry para llegar a la esencia de nuestra sensibilidad, el cual oscila libremente entre ideas, sentimientos e imágenes, entre ideas que se tornan sentimientos, imágenes que se convierten en ideas o sentimientos que cobran vida como ideas. De ese movimiento pendular se nutre la afectividad crítica.

La prisión es un sistema que coarta la disposición a la posibilidad de las mujeres. Sea quizá por ello que fenómenos como la prisionización o la cultura de la prisión son un rasgo común del espíritu de nuestra época, el cual comparte presupuestos de racionalidad con el punitivismo, entendido este último como la motivación gozosa de imponer castigos sobre un otro que merece ser castigado y marcado por sus errores eternamente. La prisionización o prisionalización es un término que introdujo Clemmer, en 1940, para referirse a la asimilación que tenían las personas encarceladas de hábitos, usos y costumbres de la prisión, así como a una disminución general del repertorio de su conducta, secundaria a una estancia prolongada en la prisión, una forma de subcultura carcelaria que queda incorporada e influye en la subjetividad de las personas y permanece en ellas aun después de salir. La prisionización es, en este sentido, un mecanismo de control sobre las subjetividades, dentro y fuera de la prisión. Es un espacio adherido a nuestra cotidianidad, la vida en reclusión es una extensión de la vida en libertad y viceversa.

Incluso hay quienes afirman que la prisión significa tener acceso a “mejores” condiciones de vida que en estado de libertad. Una declaración profundamente trágica y desafortunada que debería llevar a la sociedad y al propio Estado al banquillo de los acusados. La cultura carcelaria de la prisionización es sólo una de las varias formas en que el sistema penitenciario controla a las personas en prisión. Favorece un sistema económico ilegal que capitaliza el miedo y desbordamiento afectivo social en torno a la violencia mediante el uso de la penalidad, las formas de castigo asociadas a ésta, la opacidad y secrecía —no justificada— sobre el actuar cotidiano de los operadores del sistema. Así como el principio jurídico de reinserción social que parece más una fachada de las formas perversas en que opera el capitalismo.

La cárcel, en México, se ha convertido a lo largo de un siglo en parte de la vida cotidiana de muchas mujeres, ya sea por vínculos afectivos o familiares con alguna persona que se encuentra en prisión o como personas procesadas. Dos formas de relacionarse con la cárcel que, como sabemos, las sitúan en condiciones de vida precaria y desventaja social. En esta cultura de prisionización las personas privadas de libertad suelen reproducir dinámicas de interacción y vinculación social que dan lugar a códigos simbólicos y leyes no escritas que pueden heredarse entre miembros de la familia, o bien, entre personas que tienen tiempo en la prisión y las que recién ingresan. Se alimentan dinámicas de cooperación, positivas y negativas, entre las personas que ya han tenido alguna relación personal con el sistema. En ocasiones son estas dinámicas las que permiten la subsistencia ya sea durante el tiempo que se encuentran en prisión o una vez que salen de ella.

En lo que se refiere a las mujeres que viven en prisión, éstas deben interactuar con un mundo y dar sentido a una realidad social en la que es común que la familia deje de estar presente. Se les abandona, lo que las coloca en una de las más grandes desventajas sociales posibles al no contar con ninguna red de apoyo afectivo y social; una situación que se agrava por estar en un espacio que, estructuralmente, les niega u obstaculiza cualquier expectativa de vida futura. De tal forma que deben vivir con lo que la cárcel les ofrece día a día, y en un espacio industrializado como es la prisión poco o nada se puede hacer sin el apoyo de una familia o una comunidad que las provea de los recursos mínimos para mantener una vida digna en el encierro.

En este escenario se torna necesario, si no es que urgente, mirar críticamente la experiencia afectiva de las mujeres en la prisión. Esto con el fin de socavar los cimientos de la cultura de la prisionización y en su lugar internalizar, es decir institucionalizar, una cultura centrada en el derecho al porvenir a partir de sus deseos, intereses, necesidades y, por supuesto, anhelos.

A manera de epifanía afectiva

Hace poco tuve la oportunidad de participar en el 3er Coloquio internacional. Experiencialidades en espacios de encierro. Arte e investigación desde perspectivas críticas organizado por la Flacso México, la UAM Iztapalapa y el Centro Cultural España México. En una de las mesas dialogamos sobre las contradicciones del sistema penitenciario, la industria carcelaria, y del papel que desempeña la literatura en la vida de encierro, así como de nuestras experiencias con el sistema, del abolicionismo y del lugar que ocupa la Iglesia católica dentro de las cárceles.

Después de la mesa se presentó la obra “Fueradentro 11.0”, a cargo de la compañía La Boussole conformada por dos mujeres que cumplieron condena en el Cefereso Santa Martha Acatitla por varios años. La dramaturgia y puesta en escena logran dar cuenta de la vida en el encierro, de su cotidianidad, y la manera en que se construyen los vínculos afectivos y de control dentro de prisión. También de las marcas que deja el presidio en las mujeres excarceladas para toda la vida.

Tras haber concluido la puesta en escena, una de las actrices inició la conversación con el público con la siguiente declaración: “Sólo quienes hemos estado en prisión podemos saber y hablar de cómo se vive ahí. Ustedes dicen e imaginan muchas cosas pero nunca podrán saber lo que es estar ahí”. En efecto, sólo las mujeres privadas de libertad pueden hablar, narrar y compartir su sentir y pensar sobre la experiencia carcelaria desde su afectividad crítica. Sin embargo, considero que, aunque no tengamos la experiencia de haber estado presas, tiene sentido y relevancia preguntarnos sobre el papel que desempeña en la “realidad carcelaria” quienes deciden involucrarse y trabajar con esos espacios a la luz del derecho al porvenir como posibilidad.

Quizá una respuesta a esta pregunta sea reconocer que la cárcel no es un problema únicamente de las mujeres privadas de libertad o de sus familias, o de la gente que transgrede la ley. Tampoco lo es sólo de los pobres criminalizados, ni de los políticos que usan la cárcel como recurso de campaña para continuar viviendo del dinero público. La prisión es un problema de toda la sociedad, no sólo porque rompe a las personas, las incapacita y deshumaniza, también porque fomenta la creación de sociedades más crueles y violentas. El sistema penitenciario es, en el contexto nacional, un termómetro que nos deja ver lo dañadas que están la clase política, el Estado de derecho y el sistema de justicia. Una situación que, en términos prácticos, se traduce en una sociedad dañada.

En esta realidad, todas las voces y afectividades críticas suman, desde su experiencia y lugar de actuación. La transición de un Estado y sociedad punitivos a un Estado y sociedad sanos sólo podrá tener lugar en el seno de una cultura en la que se haya internalizado la justicia como un recurso que también se alimenta de la realidad y la afectividad crítica de las mujeres para contribuir a institucionalizar políticas de bienestar para todas las personas. Una cultura que reconozca el derecho de todas las mujeres a vivir sin mandatos sociales que atenten contra su libertad de expresión, de ser, de pensar y de vivir. Una cultura que no vea a las mujeres como objetos intercambiables sino como subjetividades conscientes, es decir, críticas de su tiempo y su papel histórico en un mundo que se resiste a vivir de forma pacífica. Una verdadera transformación cultural, en estos términos, deberá reconocer el derecho al porvenir de las mujeres excarceladas como el epítome de una cultura de paz de infinitas posibilidades.

 

Claudia Alarcón
Doctora en Ciencias Sociales y Humanidades por la UAM. Ensayista, investigadora y consultora en programas de adolescentes en conflicto con la ley penal, afectividad y procesos restaurativos intracarcelarios. Miembro de la Red de Estudios de Espacios Carcelarios de El Colegio de Michoacán y del grupo de trabajo Adolescencias, Juventudes, Violencias y Derechos del Foro Latinoamericano de Antropología del Derecho, AJUVID-FLAD.

Referencias

Clemmer, P., The prison community. Boston, Christopher Publishing Co, 1940

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Publicado en: Justicia

Un comentario en “Sobre el derecho al porvenir de las mujeres excarceladas

  1. Me preocupa que una ensayista, investigadora y consultora no revise sus fuentes ni cite el proyecto de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM denominado «Derecho al porvenir». Me apena que no nombre a las dramaturgas y actrices de «Fueradentro 11.0»: Maye y Natasha, quienes en ningún momento ocultan sus identidades. Podría asegurar que fueron ellas quienes le dieron el título a Claudia Alarcón porque forman parte del proyecto «Derecho al Porvenir» y de «Mujeres en Espiral». Le recomiendo que deje a un lado la palabrería vacía y haga un trabajo más cuidado y ético a la hora de nombrar a las personas que han padecido la cárcel.

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