Crimen pasional, mentira nacional

El 13 de noviembre de 2023 quienes pertenecemos a la comunidad LGBTIQ+1 mexicana iniciamos el día con una terrible noticia: le magistrade del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Aguascalientes, Jesús Ociel Baena Saucedo, y su pareja Dorian Daniel Nava Herrera fueron hallades sin vida en su domicilio ubicado en el estado de Aguascalientes. Su deceso tuvo un efecto devastador sobre los sentires y seguridad de nuestra población, pero en particular de la comunidad trans*.2

El reconocimiento que le magistrade Jesús Ociel alcanzó fue resultado de su amplia visibilidad en la política y el sistema judicial mexicano. Le magistrade fue la primera persona no binaria (NB) en obtener un acta de nacimiento en el estado de Coahuila que le reconocía como tal. A su vez, obtuvo el primer pasaporte mexicano y la primera credencial para votar con la casilla NB, así como el primer título como maestre en Derecho Electoral emitido por la Escuela Judicial Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Además de su actuación como pionere, le magistrade promovió de manera amplia la participación política e integración en espacios de toma de decisiones de la comunidad NB, trans* y el resto de la población LGBTIQ+. También empleó los medios digitales para hacer de más fácil acceso la información sobre derechos electorales. A pesar de sus esfuerzos y presencia, le magistrade temía por su vida y solicitó el mecanismo de protección integral de personas defensoras de DD. HH., resultado de las continuas y sistemáticas amenazas que recibía en redes sociales motivadas por su identidad y expresión de género.

Frente a este lamentable acontecimiento, la respuesta de la mayoría de los medios de comunicación fue revictimizante, al emplear pronombres equívocos para le magistrade. Por su parte, sin haberse realizado todas las diligencias necesarias, las autoridades (por medio de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes) anunciaron como hipótesis del deceso una riña entre le magistrade y Dorian.

Lo cierto es que históricamente los asesinatos de personas de la comunidad LGBTIQ+, y en especial de personas trans*, se han hecho pasar como consecuencias de tensiones “emocionales” o como crímenes pasionales. Esto se intenta fundamentar en estereotipos que ridiculizan su existencia y que normalizan y minimizan la violencia de la que han sido objeto las víctimas.

Ahora bien, es importante destacar que este evento no ocurre de manera aislada, sino que es consecuencia de un complejo panorama para la población LGBTIQ+ en América Latina y —debe señalarse— para la población trans* binaria y no binaria.

Ilustración: Alberto Caudillo

Población trans* binaria y no binaria, la más castigada

La población trans* representa 34.8 % de la población que se autoidentifica como LGBTI+ en México según el Inegi en la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género, 2021. Esta población ha sido históricamente relegada y padece en mayor medida la discriminación social, dado a que es en sus condiciones de vida donde se encuentran “mayores diferencias” respecto de otras identidades y orientaciones. Es decir que las adversas condiciones de vida que experimentan las personas trans* en América Latina (en términos de accesos a la salud, educación, trabajo, a la dignidad y la justicia) las coloca en posiciones de desventaja en comparación con otras poblaciones de la comunidad LGBTIQ+.

La vida de le magistrade Jesús Ociel terminó a los 38 años. Este alarmante dato adquiere relevancia si se observa que la esperanza de vida de las mujeres trans* que ejercen el trabajo sexual se encuentra entre los 35.5 y los 41.2 años, mientras que la esperanza de vida general es de 72,1 años, integrando a Jesús Ociel a esta infame estadística. Además de que no se disponen de herramientas a nivel nacional que registren la esperanza de vida estipulada para el resto de esta población con independencia de su profesión, es decir, para transmasculinidades y personas trans nb.

Como respuesta, algunos organismos internacionales han elaborado un conjunto de registros a propósito de los crímenes de odio. En esa revisión, México ocupa el segundo lugar a nivel mundial (sólo después de Brasil) en casos absolutos por asesinatos debido a transfobia y homofobia. En ese sentido, según el Observatorio de Personas Trans Asesinadas elaborado por Transrespect vs Transphobia, de septiembre de 2008 a septiembre de 2022 en México habrían sido asesinadas 649 personas trans y de género diverso. En comparación, el Observatorio Nacional de Crímenes de Odio contra personas LGBTI realizado en México establecía que entre 2014 y 2023 habrían sido asesinadas 109 mujeres trans*; 8 personas trans* no binarias y 4 hombres trans*.

Desde hace más o menos 8 años atrás me he interesado por investigar la discriminación en México, tratando de vislumbrar las formas de ocurrencia y motivaciones de esta manifestación de violencia y odio, así como las consecuencias que tiene en la vida de la gente. En ese sentido, consideré que puede definirse a la transfobia como:

El temor e intolerancia, disgusto, asco e ira hacia las personas travestis, transexuales, transgénero y/o a quienes se sospecha que lo son, detonándose en acciones que son vividas como naturales, manifestadas a través de actitudes segregadoras, verbales (tales como gritos, ofensas, “perreo”) y físicas (miradas de desaprobación, empujones, jalones, golpes, tocamientos y otras agresiones) que niegan, vulneran o agreden la calidad humana, identidad de género e integridad de las personas trans y hasta provocar su muerte.

Como tal, la transfobia puede dividirse según sus motivaciones en directa o indirecta. La transfobia directa es guiada por la intención de dañar deliberadamente a una persona en función de su identidad, expresión o estado de género percibido; mientras que la transfobia indirecta es cualquier acción intencional o no intencional discriminatoria basada en la ignorancia o inadvertencia de la identidad de la persona trans*, pero que tiene repercusiones en sus cursos vitales. Es decir, se puede ejercer esta forma de discriminación aun sin el deseo explícito de hacerlo sin que ello limite los alcances de esa experiencia y las consecuencias para la vida de las personas trans*, pero ¿cómo entender la transfobia que viven las personas trans nb? En una entrevista de 2019, pude obtener un testimonio y reflexión muy potente que puede vislumbrar una posible respuesta para esta interrogante:

Mira, si te ves “super mujer” está bien, para la sociedad eres una mujer, independientemente de si te ven la genitalidad o no te van a ver bien, pero existe entonces la transfobia cuando te ven fuera de esa casilla, cuando te ven y no saben cómo ubicarte entre “A” o “B” (Karla, marzo 2019).

El riesgo de las personas trans* nb puede atribuirse a que, debido a que experimentan su identidad y expresión de género fuera (y en los límites) del binarismo de género, su existencia se lee como una amenaza para el régimen tradicional de género. En otra investigación que hice en 2022 para la maestría fue posible afianzar este argumento debido a que Natalia Anaya, una reconocida activista, me compartió que:

Hay una inquietante necesidad de encasillar a la población trans* nb en las categorías duales del género a nivel mundial. Por ejemplo, frente a las autoridades de salud hay que “cubrir un perfil” muy binario y estereotipado para tener un buen trato. (abril 2023)

Es posible reconocer que, a pesar del crecimiento de la protección y salvaguardas institucionalizadas, continúa la reproducción del peligro y riesgo latentes de ser atacades.

El uso de la “e”: reflexión innecesaria pero emergente

Aunado al asunto sobre los riesgos y victimización que sufre la población trans*, está también el debate sobre el lenguaje y las maneras de nombrarse. A estas alturas debería ser obvio que la lengua no es algo fijo: a la lengua la hacen les hablantes. Las palabras se emplean para nombrar realidades. Para el caso de le magistrade Jesús Ociel y Dorian, su vida se ha puesto por detrás —en orden de prevalencia— de la gramática y del lenguaje, y en el uso de la letra “e”, el empleo del pronombre “elle” y las referencias neutrales al binarismo para referir a su persona. La justificación ha sido que la Real Academia Española de la Lengua (RAE) refrenda que el masculino gramatical puede albergar las experiencias de todas las personas. La RAE se encarga, en sentido estricto, de una tarea técnica y que como autoridad idiomática define los usos “correctos” del idioma español. Empero esta institución siempre ha jugado un papel estratégico cuando se refiere a nombrar la realidad política e ideológica que se modifica. Así, por ejemplo, en la revisión de las versiones de 1970 y 1984, la categoría conservador se definía como: “Que profesa las doctrinas políticas que toman en gran consideración la continuidad del espíritu nacional”, mientras que progresista refería a: “Aplícase a un partido liberal de España, que tenía por mira principal el más rápido desenvolvimiento de las libertades públicas”, el segundo de los conceptos referido con mayor mezquindad. Como este ejemplo, hay innumerables casos que la institución ha omitido y distorsionado. Por lo que todas sus aseveraciones sobre la inmutabilidad y absolutamente innecesario empleo de algunas adecuaciones debe ponerse en entredicho, apostando por la intervención del lenguaje que atienda a necesidades actuales.

Finalmente, considero urgente mantener y procurar una investigación con perspectiva de género y de DD. HH. que ponga atención a la transversalidad de la existencia que enfrentamos las personas de las disidencias sexo-genéricas. Empleando, además, el Protocolo Nacional de Actuación LGBTI+ de la Fiscalía General de la República y que sea resultado de una investigación exhaustiva que acate los mecanismos de atención especializada para nuestra población.

Los discursos no se emiten de forma aislada, las “opiniones” y “posturas” tienen consecuencias en la calidad y experiencias de vida de las personas. La desinformación, la persecución selectiva y el odio cobran vidas.

 

Fernanda Abigail Gómez Herrera
Maestra en Sociología por El Colegio de México, especialista en género en la economía por la UNAM

Referencias

Berkins, L. “Eternamente atrapadas por el sexo” en Fernández, Josefina; D’Uva, Mónica y Viturro, Paula (comps.) Cuerpos Ineludibles. Un diálogo a partir de las sexualidades en América Latina, Buenos Aires, Ají de Pollo, 2003.

Garosi, E., y Pons, A. “Trans”, en Alcántara, Eva, y Moreno, Hortensia (coord.) Conceptos claves en los estudios de género, México, UNAM-PUEG, 2016.

Gómez-Herrera, F. “Transfobia en las disidencias sexuales: la discriminación que no se ve”, LiminaR Estudios Sociales Y Humanísticos, 21(1), 11, 2023.

Martínez, C. El Movimiento LGBT en la Ciudad de México. Una mirada sociológica a su institucionalización, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Sociales, 2020.

Portales, F. “El conservadurismo y autoritarismo de la Real Academia Española. La democracia y derechos humanos en nuestro idioma”, Revista Chilena de Derechos Humanos, No. 8, 1988.

Rigueiral, G., y Seidmann, S. “Análisis crítico de los principales estudios sobre las personas trans” en VIII Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología XXIII Jornadas de Investigación XII Encuentro de Investigadores en Psicología del MERCOSUR, Buenos Aires, Universidad de Buenos Aires, 2016.

Vargas, S. “Alarma! Mujercitos Performing Gender in 1970s Mexico”; TSQ (2014) 1 (4), 2014, pp. 552–558.


1 LGBT+ es un acrónimo elaborado para brindar reconocimiento legal sobre la orientación sexual, la identidad de género y/o la expresión de género. Las siglas LGBT+ refieren a las personas lesbianas, gays, bisexuales y trans*. El signo de “+” para integrar al resto de identidades sexuales y de género como la intersexual, queer, asexual, pansexual, etc.

2 El prefijo trans con asterisco se emplea centralmente en tres sentidos: “1) porque permite preservar la multiplicidad de las experiencias subjetivas y corporales de género, haciendo referencia más a un movimiento, un proceso o un “ir más allá de”, que, a una condición o identidad pre-existentes, 2) no recalca las definiciones médicas patologizantes; 3) no tiene por qué asumir como referencia el sistema binario de sexo-género” (Garosi y Pons, 2016).

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Publicado en: Justicia, Política