Claudia camina hacia su casa después de ir de compras. Rubén, su expareja, la espera cerca de su casa, escondido detrás de un coche; hace varios meses que no se han visto. Cuando ella está cerca, Rubén la ataca físicamente mientras le grita “¡Ahora sí vas a ver…!”. Claudia intenta defenderse, pero Rubén es más grande y fuerte; la tira contra el suelo tomándola por el cuello. Claudia apenas puede respirar.
Con suerte, un grito de auxilio se escapa por su garganta; las lágrimas corren por su rostro, ahora enrojecido por la falta de oxígeno. Las personas de la colonia salen de sus casas para ver lo que estaba ocurriendo. Un vecino comenzó a gritar al ver a Claudia en el suelo. Rubén, asustado, la suelta. Antes de huir, se acerca a Claudia y le susurra al oído: “pa’ la próxima, te mato”; le da un beso en la mejilla y sale corriendo del lugar. Aún en el suelo, Claudia toma su celular y marca al 911.
—911, ¿cuál es su emergencia?
—Mi ex me acaba de gritar y empujar… creo que estaba borracho. Me tiró y me estaba agarrando el cuello.
—¿Se encuentra herida?
—No… bueno, sólo me duelen los raspones de las piernas.
—¿Esta persona sigue con usted?
—No, se fue. Pero me dijo que a la próxima me mata. Él se pone muy mal, por favor ayúdenme.
—¿Me podría indicar la dirección a la que quisiera que enviara la unidad?
Según el Catálogo Nacional de Incidentes de Emergencia (CNIE), las personas operadoras del 911 tienen algunos segundos para clasificar este incidente a partir de la información que obtienen durante la llamada para notificar al primer respondiente —policía o servicio médico— y que éste vaya al lugar de los hechos. En el caso hipotético expuesto, quien atendió la llamada cuenta con al menos cinco opciones para clasificar los hechos.

Ilustración: David Peón
Clasificación de Incidentes de Emergencia según el CNIE
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Incidente |
Descripción |
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Violencia familiar |
Hecho o acción que incorpora todas aquellas figuras típicas en las que, para su configuración, el victimario realiza en forma reiterada y continua actos de violencia física, verbal, moral o psicológica en contra de algún miembro de su familia. |
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Violencia de pareja |
Agresión infligida por la pareja que incluye maltrato físico, sexual o emocional y comportamientos controladores por un compañero íntimo. |
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Violencia contra la mujer |
Todo acto violento basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada |
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Amenaza |
Al que de cualquier modo amenace a otro con causarle un mal en su persona, en sus bienes, en su honor o en sus derechos o en la persona, honor, bienes o derechos de alguien con quien esté ligado con algún vínculo. |
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Persona agresiva |
Sujeto que trata de causar un daño o lesión a otra. |
Fuente: Catálogo de Incidentes de Emergencia (911), 2017
Cinco posibilidades y muchos problemas
Violencia familiar
Intuitivamente, la persona operadora podría clasificar este incidente como un acto de violencia familiar porque el episodio encuadra en la mayoría de los tipos penales contemplados en los códigos penales estatales. Sin embargo, tomando en cuenta la definición del CNIE, podría no ser catalogado como tal ya que los hechos sucedieron en el espacio público y se desconoce si el suceso es algo que ocurre reiteradamente. Además, la persona operadora podría estimar que no es violencia familiar porque no existe vínculo entre ambas personas —Claudia y Rubén ya no son pareja.
Violencia de pareja
La o el operador podría clasificar este caso como una violencia de pareja a partir de que es irrelevante el lugar de los hechos para cumplir con esta clasificación y que la víctima y el agresor no son familiares. No obstante, ¿podría clasificarse como violencia de pareja si actualmente no mantienen una relación? Si la persona operadora toma literalmente la definición del CNIE, la respuesta es no, ya que Claudia refirió que no había una relación sentimental activa. Además, esta categoría no contempla las amenazas de muerte.
Violencia contra la mujer
La tercera opción es que la persona operadora clasifique este hecho como violencia contra la mujer. Lo anterior, dada la falta de vínculos familiares y la falta de información sobre si este fue un episodio aislado o un evento repetitivo. Sin embargo, esta clasificación presenta el reto de probar si el acto violento fue “basado en la pertenencia femenina”, un concepto cuya interpretación queda al criterio de quien atiende el llamado.
Persona agresiva
Si la persona operadora del 911 decide que no hubo un daño físico grave, podría clasificar el hecho como un incidente con una persona agresiva. Las razones son las siguientes: Rubén es una persona sin vínculo de confianza, estaba ebrio e intentó causar un daño mayor. Sin embargo, no podemos ignorar la amenaza de muerte, las desigualdades físicas y de poder, y el vínculo anterior entre ambas personas.
Amenazas
Finalmente, si quien atendió la llamada decide que lo más relevante del incidente fue la amenaza —a pesar de haber daño físico y psicológico—, podría clasificarlo bajo esta rúbrica. Conforme al catálogo, en el hecho hubo una persona que intentó hacer daño o causar lesiones a otra, aunado a la amenaza explícita. Sin embargo, al igual que la clasificación de persona agresiva, ésta no incorpora las asimetrías de poder ni el riesgo al que la víctima está expuesta por su sexo e ignora el vínculo de confianza que existió entre las personas involucradas.
A estas cuestiones se enfrentan todos los días las y los operadores de llamadas de emergencia: ¿cómo debo clasificar este hecho? En el caso hipotético presentado, se trata de una tentativa de feminicidio. El problema es que esa categoría no está contemplada en el CNIE. En situaciones como estas, más que lo establecido en el catálogo, la clasificación del caso depende de los factores que las personas operadoras consideren relevantes.
La importancia de clasificar de manera adecuada las llamadas de violencia contra niñas y mujeres
En primer lugar, estos incidentes son recurrentes en todo el país. Los incidentes de violencia contra niñas y mujeres representan casi el 13% de las llamadas de emergencia de seguridad a nivel nacional, este porcentaje es mayor que el de los incidentes más frecuentes: persona agresiva (8.9 %), persona sospechosa (7.9 %) y accidentes de tránsito sin personas lesionadas (6 %).
Además, una adecuada clasificación podría mejorar la atención a las víctimas. La atención brindada por las y los primeros respondientes depende de la clasificación del incidente. Dependiendo de ello, según el CNIE, el incidente será atendido con menor o mayor urgencia. En el caso hipotético de Claudia, las opciones más viables para clasificar el llamado según el CNIE son: violencia contra la mujer, amenaza o persona agresiva, de los cuales dos de tres tienen una prioridad de atención alta y uno de ellos, media.
Prioridad asignada por el CNIE a incidentes
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Incidente |
Prioridad |
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Violencia contra la mujer |
Alta |
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Aamenaza |
Media |
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Persona agresiva |
Alta |
Fuente: Catálogo de Incidentes de Emergencia (911), 2017
Bajo el supuesto de que los cuerpos policiales dan la misma prioridad a los casos que el 911 indica, se corre el riesgo de que la atención no sea proporcional al nivel de urgencia que la persona enfrenta. En nuestro ejemplo, al descartar las clasificaciones de violencia familiar y violencia de pareja, Claudia tiene 2/3 de probabilidad de que atiendan a su llamado con una prioridad alta —violencia contra la mujer o persona agresiva— y 1/3 como prioridad media —amenaza.
Conclusiones
El registro inadecuado de los incidentes de violencia contra las mujeres y las niñas tiene consecuencias directas en el diseño de las políticas públicas y las intervenciones orientadas a atender y reducir este problema; al estar basadas en hechos alejados de la realidad, el impacto de tales acciones no será efectivo.
Por ejemplo, los despliegues policiales basados en incidencias tienen altas probabilidades de no tener los efectos deseados a causa de las posibles inconsistencias de los registros. Para el análisis de incidencia delictiva a nivel municipal y estatal, usualmente se utilizan las llamadas de emergencia. Algunos actores del sistema de justicia podrían estar subestimando cifras de violencia por la falta de homogeneidad de los criterios para clasificar los incidentes y la poca compatibilidad entre el CNIE y los códigos penales estatales. En suma, las personas operadoras de los servicios de emergencias deben tomar decisiones aun cuando existe confusión sobre las definiciones de los incidentes y los tipos de delitos.
Para poder entender un problema sistemático y diverso como la violencia contra niñas y mujeres, es necesario generar datos que indiquen cómo y bajo qué contextos este fenómeno prospera. Una buena clasificación de llamadas de emergencia tendrá un efecto positivo en la atención a las víctimas, además de constituir un paso elemental para dar respuestas basadas en evidencia a uno de los problemas más graves que enfrenta el país.
Verónica Jaso Martínez
Investigadora de temas de justicia penal en The World Justice Project y especialista en temas de género.
Comprendo la presión que el tiempo ejerce en la telefonista, aún cuando se encuentre preparada. Para evitar el grado «subjetivo» de la decisión, podrían crearse formatos, que tuvieren listado de las variables (espacio público, casa, arma, lesión, conocido, esposo, exnovio, recurrente, alcohol, etc) y el sistema arrojara una pre-clasificación, y una vez que le atienden, se complemente con mas datos y determine correctamente. Claro que, esto requiere tener la descripción precisa y homogénea como sugiere la investigadora. ¿Qué es lo que complica realizar una correcta definición?