El Verde, la tecnología y el fraude electoral

La tecnología siempre encontrará la manera de sobrepasar la ley. Un ejemplo de esto se dio durante las últimas elecciones celebradas en México, en las que se votó para renovar la Cámara de Diputados y diversos cargos a nivel estatal, incluyendo gubernaturas, congresos locales, ayuntamientos y juntas municipales. Durante los tres días anteriores a las votaciones —el periodo de veda electoral, en el cual los partidos tienen estrictamente prohibido hacer campaña— el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) difundió propaganda a su favor de su partido en redes sociales, especialmente a través de Instagram y Facebook, por medio de más de noventa personas famosas (artistas, cantantes e influencers) con un alcance de audiencia de millones de personas. Dentro de las figuras involucradas se encuentran Barbara de Regil, Raúl Araiza, Belinda, Gabriel Soto, Raquel Bigorra, Laura G e integrantes de la serie de MTV, Acapulco Shore.

Ilustración: Guillermo Préstegui

Esta no es la primera vez que el PVEM es promocionado en periodo de veda electoral por figuras públicas. Esta misma operación se llevó a cabo en las elecciones intermedias de 2015, cuando el Verde Ecologista difundió en Twitter propaganda a su favor por medio de tuits de personajes famosos que compartían algunos hashtagscomo #MéxicoVerde, #PontedeVerde y #Verdesícumple, entre otros. Dentro de las figuras involucradas destacan el exentrenador de la selección mexicana, Miguel “el Piojo” Herrera, y los deportistas Oribe Peralta y Julio Cesar Chávez. Del medio del espectáculo, cantantes como Alex Sytec y Gloria Trevi y conductoras de programas matutinos como Inés Sainz, Galilea Montijo y Ninel Conde incurrieron en estas prácticas.

Ante tales actos, surgió un debate con respecto a si estos hechos vulneraban la veda electoral o eran parte de la libertad de expresión de estas figuras públicas. De igual forma, no estaba claro quién o quiénes debían de ser sancionados o si era posible hacerlo. Posteriormente, se inició un proceso de averiguación en contra del PVEM, con la finalidad de conocer si hubo remuneraciones a las y los famosos por apoyar a este partido. Como resultado, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que —al haber difundido más de 163 millones de mensajes a través de 36 cuentas de Twitter—, el sancionado sería el Partido Verde con 7 millones de pesos por estrategia propagandística durante la veda electoral. A pesar de la multa, el daño fue definitivo.

Desde sus inicios, el PVEM se ha caracterizado por ser un partido “bisagra” por su constante participación en coaliciones con partidos que no necesariamente comparten su ideología. Las pasadas elecciones no fueron la excepción. Sin embargo, dentro de este último proceso para renovar la Cámara de Diputados, el PVEM obtuvo un resultado crucial y protagónico. Dado que Morena no logró obtener y mantenerse con la mayoría absoluta en la Cámara (más del 50 % de los escaños) el partido del titular del Ejecutivo depende de la formación de coaliciones con el PVEM para aprobar presupuestos y reformas sin necesidad de negociar con el bloque opositor (PAN-PRI-PRD). Aunque el PVEM había hecho algo similar en 2015 con resultados limitados, la estrategia en medios para 2021 fue más agresiva y de mayor alcance.

En el caso de las elecciones de 2021, la Comisión de quejas y denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) pidió a Instagram y a Facebook retirar de manera inmediata al menos treinta publicaciones de influencers. Sin embargo, ni una sanción monetaria ni un aviso para retirar contenido puede revertir una posible ventaja de las y los candidatos del PVEM sobre sus contrincantes una vez que el contenido es publicado en redes. Después de los resultados electorales, el INE publicó las posibles sanciones para el caso de influencers que violaron la veda electoral: una multa de hasta 2000 días de Salario Mínimo General (SMG) para personas físicas, de 100,000 días de SMG para personas morales y, para los partidos, una amonestación, una multa de 10 000 días de SMG, una reducción de hasta el 50 % de su financiamiento y, en caso conductas graves y reiteradas, la cancelación de su registro.

Aunque está por determinarse el impacto que pudo tener esta campaña de difusión en términos de votos reales del PVEM, es importante reconocer que estos esfuerzos clandestinos para cambiar los resultados son ciertamente fraude electoral.1 El fraude electoral —según la literatura en el tema— es la manipulación del proceso electoral que desbalancea el terreno de juego y no permite el desarrollo de unas elecciones libres y competitivas.2 Bajo esta definición, entrarían los hechos suscitados en las elecciones de 2015 y de 2021 por el PVEM. Sin embargo, el delito electoral de ejercer presión o inducir al electorado a votar por un partido o candidato en periodo de veda sólo está regulado para personas funcionarias partidistas o candidatas dentro de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.3 Como tal, el delito de fraude electoral no está ni siquiera definido y mucho menos delimitado dentro de esta misma ley. Por lo tanto, hasta ahora no existe una regulación clara y aplicable para el fraude electoral realizado por el PVEM.

El problema radica en que, si bien no existe una regulación que vaya de la mano con la tecnología, también es imposible que ésta mantenga el ritmo para investigar y sancionar actos como los llevados a cabo por el PVEM. En un sistema globalizado, es inevitable regular las redes sociales. Si, además de los partidos, se decide sancionar a las figuras públicas por apoyar a partidos políticos en periodo de veda electoral, entonces se desencadenarían, al menos, dos problemas: 1) definir qué constituye una figura pública y si ésta tiene la capacidad de influenciar en las elecciones, y 2) cómo y de qué manera serán sancionados estos personajes por dichas acciones.

Definir qué es una figura pública o una persona influencer, es un primer paso. ¿A partir de qué parámetro de influencia será considerado que las personas puedan o no compartir material a favor de un partido político? Parecería obvio que Belinda es una figura pública con más de 6.4 millones de seguidores, pero ¿qué sucede con las y los influencers involucrados que tienen entre 10 000 y 15 000 seguidores? Si se les considera como personas públicas bajo este parámetro, entonces las cuentas de memes, de imágenes de gatos o de personas académicas con más de esos seguidores serían consideradas como tal y, por lo tanto, estarían sujetas a esta regulación.

La sanción como tal también implica retos. Por ejemplo, sancionar al “Piojo Herrera” parecería fácil; es una figura pública que obtuvo muchísima relevancia antes de las elecciones de 2015 por su desempeño como entrenador de la selección mexicana en el mundial llevado a cabo meses antes, que es mexicano y vota y reside en su país de origen. Bajo este escenario, sería entendible que procediera una sanción jurídica en su contra, en su calidad de figura pública. Quedaría aclarar, entonces, si la sanción sería con respecto al material expuesto, al monto recibido por el partido político o algún otro criterio como, por ejemplo, la fama o alcance de estas figuras. Es decir, ¿la sanción debería ser igual para el Piojo que para una o un influencer con mucha menor fama? Cabe resaltar que, si esto llega a convertirse en ley, entonces podría darse el caso de que en un futuro figuras públicas no mexicanas que residan en otro país podrían hacer propaganda a favor de un partido político mexicano en periodo de veda electoral.

¿Cómo es que podría sancionarse a Shakira, cantante colombiana, tuiteando o compartiendo historias desde su casa en Cataluña promocionando al PVEM durante tres días de veda electoral? En este caso, ¿qué sanción y responsabilidad le corresponde al Estado mexicano, al colombiano, al español y a la cantante?. Lo mismo sucede con figuras públicas mexicanas viviendo en el extranjero, como Salma Hayek o Kate del Castillo, residentes estadounidenses con influencia sobre la población mexicana y sin ánimo de regresar a territorio mexicano. En este caso, así llegaran a modificar algún comportamiento electoral, sería muy complicado sancionar a estas figuras públicas por haber participado en un fraude electoral ya que ni las leyes mexicanas (como están ahora), ni las extranjeras prevén, persiguen o sancionan actos de este tipo.

De igual forma, vale la pena ir más allá de sancionar a figuras públicas o el mismo Partido Verde. ¿Qué pasa cuando ni siquiera conocemos a la o el verdadero responsable por el fraude? Es decir, si en lugar de considerar campañas a favor de un partido o candidato, las propagandas se enfocaran en deslegitimar a una persona en específico tal como las llamadas campañas “sucias” a través de bots que cuentan con ubicaciones en cientos de lugares en el mundo. O, regresemos a nuestro ejemplo hipotético: si durante el periodo de veda electoral, Kate del Castillo y Salma Hayek tuitean en contra de Samuel García resultaría muy difícil determinar si fueron contratadas por algún partido político opositor, algún ente privado, por los dos o están actuando en voluntad propia. No sólo es una tarea sumamente difícil señalar la procedencia del acto que tiene el potencial de influir indebidamente en el ejercicio del voto y preservar la equidad en la contienda electoral, también es una conducta imposible de frenar.

Más aún: existe el precedente de las elecciones de 2015, donde la multa a pagar por el PVEM fue de tan sólo 7 millones de pesos. En estas elecciones, quedó claro que los partidos políticos continúan con un incentivo para repetir este tipo de prácticas —y más cuando aprobar el presupuesto de la segunda mitad del sexenio sin negociar con la oposición depende de tu partido. Por parte de las autoridades electorales también quedó claro que aún hace falta mucha más atención en temas de fraude electoral y los medios de comunicación, y que lo sucedido en 2015 no fue suficiente para crear el marco regulatorio necesario para este tipo de prácticas. Si bien siempre será necesario actualizar la ley con respecto a la actualidad, también es cierto que muchas acciones que se pueden realizar con la tecnología y que están fuera de la ley se pueden prever.

 

Verónica Jaso Martínez
Investigadora de temas de justicia penal en The World Justice Project y especialista en temas de género.


1 Lehoucq, F. “Electoral fraud: Causes, types, and consequences.” Annual Review of Political Science, 6, 2003, pp. 233–256.

2 Birch, S. Electoral Malpractice, Oxford University Press, New York, 2012.

3 Art. 9: “Se impondrán de 100 a 200 días multa y prisión de dos a seis años, al funcionario partidista o al candidato que ejerza presión o induzca a los electores a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, el día de la elección o en alguno de los tres días anteriores a la misma”.

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Publicado en: Política, Tecnología