“¡Muerte a los chacales!”. El linchamiento de asesinos

Presentamos un fragmento de En la vorágine de la violencia. Formación del Estado, (in)justicia y linchamientos en el México posrevolucionario (Grano de Sal, 2023). En este libro, Gema Kloppe-Santamaría presenta por primera vez un panorama histórico y comparativo de esta práctica extralegal, capturada por la nota roja, la gráfica popular, el cine y otros documentos que permiten entender la desconfianza que despertó el poder público en las décadas posteriores a la Revolución y que subyace en la crisis de impunidad que hoy nos aqueja.

Una conversación con la autora está disponible aquí.


El 21 de abril de 1930, bajo el dramático titular “El primer criminal linchado en México”, La Prensa informó del linchamiento de Miguel Quiroz Martínez, un hombre que había matado a Pablo Cerrillo Durán, vendedor de tacos en la plaza Juan José Baz, en el centro de la Ciudad de México.1 Tras pedir unos tacos y disfrutar de su comida, Quiroz Martínez se negó a pagar la cuenta, argumentando que no tenía dinero. Cuando intentó irse del puesto, el taquero lo tomó por el brazo y le exigió que le pagara. En lugar de saldar su cuenta, Quiroz Martínez sacó una navaja de su bolsillo y apuñaló al taquero varias veces frente a un grupo de escandalizados clientes y transeúntes. La indignación aumentó a medida que un número creciente de personas supo del asesinato a sangre fría. La prensa describió cómo una muchedumbre de hombres y mujeres rodeó a Quiroz Martínez, gritándole todo tipo de insultos, abofeteándolo y dándole patadas en el estómago mientras el hombre yacía ensangrentado. Cuando llegó la policía, el asesino estaba prácticamente inconsciente y tuvo que ser trasladado al Hospital Juárez.

Sobre el mismo caso, un editorial publicado por El Porvenir también describió el suceso como el “primer caso de linchamiento” en el país e hizo una reflexión sobre las razones detrás de este acontecimiento.2 El artículo lamentaba la causa insignificante que produjo el asesinato: una riña por unos tacos de 20 centavos. Aun así, opinaba que la mayoría de los delitos en el país era así y que tenía que ver con la “más vergonzosa de las degeneraciones sospechables”. Sostenía que, mientras las autoridades no atendieran la “espantosa ola criminal que nos envuelve como una maldición”, crímenes como el cometido contra el vendedor de tacos seguirían ocurriendo. La implicación era que, ante este tipo de ofensas y a la luz de la inadecuada respuesta de las autoridades, el linchamiento era comprensible, si no es que estaba totalmente justificado.

La referencia a este caso como el primer linchamiento del país era incorrecta.3 De hecho, pocos días antes del ataque contra Quiroz Martínez, un periódico local de Puebla, La Opinión, informó sobre la ejecución de otro asesino en el pueblo de Santa Úrsula. El caso se relacionaba con el homicidio de Antonio Rosario a manos de su rival político, José María Sánchez, después de que ambos se pelearan en la pulquería local. Al enterarse del asesinato de Rosario, varios pobladores fueron tras Sánchez para vengar a la primera víctima. Lo arrastraron hasta la plaza principal y allí, ante un número creciente de espectadores, fue apaleado y apedreado. El periódico ofreció a los lectores un relato detallado del linchamiento; describió cómo una de las piedras golpeó a José María Sánchez con tal fuerza que prácticamente le destrozó el cráneo e hizo que los ojos se salieran de sus órbitas.4 A pesar de la horripilante violencia en esta narración, la condena de la prensa se centró en las acciones del asesino y no en la respuesta de la gente.

La nota roja enfatizaba la indignación de los vecinos y los testigos hacia los asesinos, y acercaba así a sus lectores a los sentimientos que experimentaban quienes decidían hacer justicia por propia mano. Como ilustra el intento de linchamiento de José Anguiano Armenta, los casos de asesinato provocaron debates públicos sobre la necesidad de aplicar formas letales de castigo contra los asesinos. La pena de muerte se abolió en México de manera formal en la década de 1930, tras su eliminación del Código Penal en 1929, así como de las normas jurídicas de los de los diferentes estados del país.5

La impunidad sistemática que rodeaba a los casos de asesinato nutría las demandas de los ciudadanos por formas letales de castigo.6 Como la gente sospechaba que los criminales serían liberados con la complicidad de jueces corruptos o policías deshonestos, el asesinato se consideraba el único medio para garantizar un castigo adecuado. Así, a pesar de la eliminación de jure de la pena de muerte, en la práctica el castigo letal contra los llamados criminales siguió ocurriendo en la forma de linchamientos y ejecuciones por medio de la ley fuga, autorizada por el Estado.

Aunque había claras diferencias entre los linchamientos y la ley fuga (esta última era una forma de violencia extrajudicial ejercida por autoridades, mientras que los linchamientos eran realizados sobre todo por ciudadanos), ambas prácticas reflejaban una inclinación, compartida por ciudadanos y autoridades, a castigar las conductas criminales fuera de la ley. La ejecución extrajudicial de Manuel González y Ramón Fórtiz, presuntos culpables de la violación y el asesinato de María Juárez, una niña de siete años, en Cholula, Puebla, ejemplifica las conexiones entre estas dos prácticas.

El 9 de julio de 1933, La Opinión informó que dos “desalmados criminales” habían secuestrado a María y, tras agredirla sexualmente, la tiraron a un pozo y le arrojaron una piedra de 80 kilos para matarla.7 Los presuntos criminales, Manuel y Ramón, fueron identificados por la propia víctima, quien con su “último suspiro” pronunció los nombres de sus verdugos, “como si quisiera relatar lo que le había sucedido”. Indignados por el crimen, un grupo de lugareños intentó linchar a González y a Fórtiz. Aunque las autoridades lograron salvarlos, una semana después de que fueron llevados a prisión, el mismo periódico informó que los dos hombres “desaparecieron” misteriosamente mientras se trasladaban de la penitenciaría de Puebla a la ciudad de Cholula.

Las autoridades decían ignorar qué les había sucedido a los prisioneros, pero eran de conocimiento público los casos de delincuentes que recibían disparos en su traslado hacia la cárcel o dentro de ella, por lo que era posible que los dos hombres hubieran sido asesinados.8 La declaración de La Opinión así lo sugería: “Los asesinos seguramente intentaron huir y sus custodios se vieron obligados a hacer fuego, dejándolos muertos en el acto, aplicándoles sin querer la ley fuga”.9 Lejos de lamentar este aparente asesinato extrajudicial, el tono del artículo transmitía un mensaje claro: sin importar cómo hubieran sido asesinados los criminales, se había hecho justicia.

El asesinato de María Juárez en Puebla y la aparente ejecución extrajudicial de los victimarios se asemejaban al caso de la niña Olga Camacho y al intento de linchamiento del soldado Juan Castillo Morales. Castillo Morales fue acusado en 1938 de haber asesinado y violado brutalmente a “la niña Olga” en Tijuana. Mientras estaba bajo custodia militar y policial, un numeroso grupo de personas que exigía justicia para la niña entró por la fuerza a la prisión y al ayuntamiento en su intento por capturar a Castillo Morales y lincharlo. Aunque la multitud consiguió prenderles fuego a los edificios, las autoridades pudieron salvar al presunto agresor. Sin embargo, Castillo Morales correría la misma suerte que los dos asesinos de María Juárez, ya que fue asesinado por las autoridades, en este caso, por militares.

Según la prensa, hubo dos versiones de esta ejecución: “Una, que Morales se desmayó mientras era apuntado con fusiles y que murió mientras yacía en el suelo; la otra, que echó a correr, sólo para morir bajo la tradicional ley fuga, con la cual a un prisionero se le permite la microscópica oportunidad de escapar, pero es alcanzado por las balas”.10 Independientemente de las circunstancias que rodearon el asesinato de Castillo Morales, las autoridades de Tijuana consideraron su muerte una manera eficaz de apaciguar los ánimos de la población mediante una forma expedita de justicia.

La propensión que compartían ciudadanos y autoridades a recurrir a formas extralegales de justicia no significaba que estuvieran siempre de acuerdo en cuanto a qué crímenes o qué criminales merecían dicho castigo. Los acontecimientos que siguieron a la ejecución de Castillo Morales a manos del ejército ilustra con claridad esta discrepancia. La gente empezó a dudar de que el soldado fuera en verdad culpable de los crímenes que se le imputaban y comenzó a desconfiar de la manera en que las autoridades habían gestionado el caso. Tras considerar a Castillo Morales un asesino y violador despiadado, los habitantes de Tijuana pronto pasaron a verlo como víctima del abuso de la fuerza por parte de las autoridades. En un giro más de los acontecimientos, la supuesta aparición del soldado fallecido en su tumba y en el lugar de su asesinato lo convirtieron en mártir y objeto de devoción popular.11

El 5 de diciembre de 1941, en el pueblo de San Andrés Tuxtla, Veracruz, se registró otro caso que ejemplificaba las posibles tensiones y desacuerdos que subyacían al aparente consenso entre ciudadanos y autoridades sobre la justicia extrajudicial. La Prensa informó que la ejecución de Pedro Fomperosa provocó un intento de linchamiento contra las autoridades locales. Fomperosa, presunto culpable de varios crímenes, fue arrastrado fuera del penal por un grupo de policías bajo las órdenes del alcalde Rogerio Rocha. Tras golpearlo y dejarle la cara desfigurada, los policías le quitaron la ropa y lo colgaron. Sus familiares reconocieron el cuerpo y, junto con varios vecinos que creían en la inocencia del hombre, se amotinaron frente a las oficinas municipales. Los inconformes exigían que Rocha y los policías salieran para poder lincharlos en castigo por el asesinato de Fomperosa. La multitud se disipó sólo después de que el gobernador del estado prometiera un castigo adecuado para los policías y el alcalde.12

El intento de linchamiento contra las autoridades locales provocado por el asesinato de Fomperosa no fue excepcional. La evidencia analizada muestra que los ciudadanos no eran meros observadores pasivos del abuso de la fuerza por parte de las autoridades locales. Los ciudadanos expresaban su descontento en cartas a las autoridades locales, estatales o federales que denunciaban el comportamiento criminal de los oficiales de policía y exigían la destitución de los alcaldes abusivos que había en pueblos y ciudades. En otros casos, sin embargo, los ciudadanos recurrieron a estrategias menos civiles y se convirtieron ellos mismos en perpetradores de formas extralegales de violencia para castigar la mala conducta de policías, autoridades locales e incluso personal militar.

El que las autoridades pudieran adoptar el uso de formas extralegales de castigo contra los criminales no niega el hecho de que a veces se opusieran a ello. Los oficiales de policía, en particular, cumplían con su mandato formal como representantes de la ley cada vez que intentaban impedir un linchamiento. Una y otra vez la prensa se refirió a la valiente y oportuna intervención de policías que, aun en contra de su propia voluntad, tenían que intervenir para salvar de la ira de la multitud a los llamados “chacales” (asesinos), “rateros” (ladrones), “sátiros” (violadores) y otros criminales. Por ejemplo, el 27 de agosto de 1942 se publicó un artículo en el que se elogiaba la “audacia y habilidad” de los policías que salvaron a Alberto Ayala, un hombre acusado de asesinar al comerciante Guillermo Garduño en el pueblo de Ixtlahuaca, Estado de México.13 Tras aprehenderlo en Tlalpan, al sur de la Ciudad de México, se encomendó a tres policías su traslado al penal de Ixtlahuaca. En el camino hacia el penal, los policías se encontraron con una “barrera humana” formada por familiares de Garduño que, con el propósito de vengar a la víctima del asesinato, ofreció un soborno a los agentes a cambio de Ayala. Después de rechazarlo, los oficiales continuaron con su viaje sólo para ser confrontados una vez más, ahora por decenas de hombres y mujeres que, armados con piedras y palos, amenazaban con linchar a Ayala. En ambas ocasiones, los policías fueron capaces de protegerlo de la multitud y llevarlo sano y salvo a la penitenciaría.

Otro caso de “valentía” policiaca fue informado el 4 de septiembre de 1944, esta vez en relación con el linchamiento de dos “chacales” en Papalotla, localidad del Estado de México.14 Los hermanos Alberto y Félix Víctor Herrera asesinaron a su tío Juan Ambriz Herrera tras meterse a su casa con la intención de robarle. Después de pasar unos meses en prisión y bajo el temor de sufrir la pena de muerte en virtud del “decreto de emergencia” declarado por el presidente Ávila Camacho,15 los hermanos se fugaron de la cárcel. Con la ayuda de unos vecinos de Papalotla que conocían bien al tío fallecido y de un miembro del servicio secreto del Distrito Federal, la policía local localizó y detuvo a los hermanos Herrera sólo unos días después de su fuga. Una vez que se descubrió su escondite en una vieja casa, los hermanos se resistieron al arresto y escaparon de nuevo, pero un grupo de vecinos enfurecidos los atacó a golpes y con piedras y palos. La prensa informó que los hermanos habrían sido asesinados por el “iracundo populacho” de no ser por la “enérgica y oportuna intervención” de la policía. Temerosos de que los vecinos se amotinaran por la noche e intentaran entrar en la cárcel, la policía trasladó a los criminales a la capital.

Este y otros muchos casos de intervención policial16 ponen de manifiesto que los linchamientos e intentos de ejecución extralegal contra presuntos criminales no se producían en un vacío de autoridad. Más bien, a menudo se caracterizaban por la presencia de autoridades estatales, generalmente agentes de policía, que a veces eran capaces (y estaban dispuestos) a salvar a los presuntos asesinos de la furia de la multitud. En este contexto, la prensa escrita presentaba a los policías como valientes defensores de la ley que tenían que “domesticar” los sentimientos populares e irracionales de los ciudadanos.

Los policías supuestamente se enfrentaban a una doble tarea: resistirse a la demanda popular de castigos sumarios y, según insinuaba la prensa, resistir su propia inclinación a dejar que se hiciera justicia de forma sumaria. No obstante, los casos de ley fuga, así como los de linchamientos perpetrados o escenificados como tales por la policía —algunos informados por esos mismos periódicos—, sugieren que estos agentes del orden estaban lejos de ser un ejemplo de comportamiento moderado y respetuoso de la ley. Por el contrario, los oficiales de policía desempeñaron un papel central en la ejecución de asesinatos colectivos que implicaban el uso de formas visibles y crueles de tormento, a menudo bajo las órdenes de alcaldes y comandantes de policía. Las numerosas cartas de queja y los abundantes telegramas enviados por ciudadanos particulares al presidente o a otras autoridades federales proporcionan más pruebas del comportamiento violento de la policía tanto en la ciudad como en el campo. Estos documentos también ponen de manifiesto la participación determinante de la policía en el control y la represión de conflictos agrarios, laborales y electorales.17 Por ejemplo, Juana Inés González denunció el asesinato de su esposo por parte del alcalde y de varios policías en el pueblo de Ameca, Jalisco, en febrero de 1933. Juana Inés argumentaba que su marido había sido asesinado por ser considerado un enemigo político y declaró que temía que las autoridades exhumaran y desaparecieran el cuerpo de su marido para ocultar su crimen.18 De manera similar, la viuda Delfina de Castro denunció el asesinato por ahorcamiento de su esposo José García Pinto, ocurrido en julio de 1940, y señaló a un coronel y a dos policías en Texmelucan, Puebla. Crítico y oponente del candidato presidencial Manuel Ávila Camacho, García Pinto fue calificado de bandido y su asesinato fue desestimado por las autoridades estatales.19

La cobertura periodística de este tipo de asesinatos políticos estaba sujeta a métodos más tradicionales de censura, en especial cuando se trataba de diarios de la capital. Sin embargo, los relatos policiacos sobre linchamientos de criminales “comunes”, e incluso de pistoleros infames, ofrecieron poderosas oportunidades para cuestionar y criticar las respuestas del gobierno ante el crimen. Dado que no se ocupaba directamente de la política tradicional, como las elecciones o las disputas partidistas, la cobertura periodística de los linchamientos ofreció una oportunidad para enviar un mensaje político a las élites respecto a la incapacidad del Estado para impartir justicia. Dicho mensaje advertía a las autoridades que, mientras el Estado fuera incapaz de garantizar las formas de castigo contra los asesinos esperadas por la población, los ciudadanos seguirían tomando la justicia en sus propias manos.

Este tipo de mensaje político caracterizó la cobertura periodística del linchamiento de Rodolfo Nájera Guzmán en la Ciudad de México en octubre de 1940.20 Presuntamente, Nájera Guzmán había apuñalado a Rafael Zavala Pérez cuando éste salía de un bar alrededor de las 11 de la noche. Al ver a Rafael tendido y sangrando en el suelo, varias personas que pasaban por el lugar persiguieron a Nájera Guzmán y lo golpearon con piedras y palos. La prensa narró que la gente gritaba: “¡Hay que lincharlo!; ya que no hay pena de muerte para los asesinos”. El hecho de que sólo un testigo hubiera visto a Nájera Guzmán apuñalar a la víctima y que el presunto culpable negara todas las acusaciones en su contra pareció importar poco, pues el periódico presentó el linchamiento de manera implícita como un acto de justicia.

De forma similar, el intento de linchamiento del asesino de un niño de 14 años en el barrio de Los Ángeles, en la Ciudad de México, en enero de 1943, suscitó una reflexión sobre la pertinencia de las formas letales de castigo: “Un crimen abominable […] que hace pensar en la pena de muerte”; “La víctima es un niño […] y, sin embargo, un cafre, un verdadero salvaje que no merece vivir entre los humanos, lo abatió de dos balazos”.21 El evento ocurrió la noche del 22 de enero, cuando Albino Mandujano Delgado, bajo los efectos del alcohol y “cegado” por los celos, le disparó a Ignacio Hernández Amezcua.22 Albino había creído durante mucho tiempo que el muchacho tenía una aventura con su amante, Margarita Laguna Guarduño. Esa noche, cuando encontró a Ignacio en su propia casa con Margarita, decidió matarlo. Algunos vecinos escucharon los disparos y, viendo que Albino se daba a la fuga, lo siguieron con la intención de lincharlo. Un policía que llegó a tiempo evitó que Albino fuera asesinado por la multitud.

La impunidad se encontraba entonces, como hoy, en el centro de la desconfianza de los ciudadanos respecto de la capacidad del Estado para garantizar justicia. Frente un sistema judicial que se percibía y se experimentaba como corrupto y plagado de impunidad, la gente consideraba las cárceles como espacios que ofrecían protección política a los criminales o les daban la oportunidad de escapar y eludir la justicia. Así, al igual que en el caso de Juan Castillo Morales, las multitudes irrumpían en las cárceles para aplicar el castigo que consideraban adecuado a los criminales. Al informar sobre estos casos, la prensa se hacía eco de la frustración de la gente con la ley y las instituciones del Estado. Un ejemplo fue el linchamiento del conocido pistolero Raúl Castro, en la ciudad de Torreón, Coahuila.23 Pistolero de algunos políticos influyentes de Coahuila y Durango, Castro era considerado culpable del asesinato de al menos diez personas sólo en Torreón. El 20 de febrero de 1940, el entierro de una de sus últimas víctimas, Ismael Rosales, se convirtió en un motín que devino en linchamiento. Los organizadores del cortejo fúnebre acordaron pasar por la cárcel donde estaba detenido el pistolero, ubicada de camino al cementerio. Una vez allí, un numeroso grupo de personas logró entrar a la prisión y sacar a Castro de su celda a pesar de los esfuerzos de los guardias para protegerlo. La multitud disparó y apuñaló múltiples veces a Castro. La viuda de Rosales, con quien tenía diez hijos y de quien se dijo que prácticamente había “perdido la razón a causa de la tragedia”, pateó los “mutilados despojos” del cadáver, según el informe.24 La prensa señaló que la multitud se había quejado con amargura de la corrupción de las autoridades y de un sistema de justicia que “no sabe o quiere castigar a los criminales”.

Un caso similar se registró en el pueblo de Jilotepec, en el Estado de México. En junio de 1943, un nutrido grupo de personas —la prensa hablaba de 500— intentó entrar por la fuerza a la prisión local para linchar a Dolores Alcántara, acusado de múltiples asesinatos.25 Juan Hernández, padre de una de sus últimas víctimas, encabezaba la multitud. Aunque la policía impidió el linchamiento, la prensa afirmó que las autoridades locales pidieron al gobierno estatal que trasladara a Alcántara a la cárcel de Toluca, pues sería difícil evitar que la gente tomara la justicia en sus propias manos, “ya que ninguno de los habitantes confía en las autoridades judiciales”.

La desconfianza en la policía y en las autoridades en general también fue mencionada como la causa que llevó al linchamiento de un policía en la pequeña ciudad de Izamal, Yucatán, en mayo de 1942.26 Días antes, el policía había matado a un hombre por una venganza personal y se encontraba detenido en la penitenciaría local. El asesinato despertó la indignación de los locales, ya que la víctima era un hombre muy apreciado en el pueblo. Al difundirse el rumor de que el policía podría eludir el castigo, varias personas decidieron sacar al culpable de la cárcel y lincharlo. El autor del artículo, quien reflexionaba sobre los peligros que las “reacciones emocionales e instintivas” de la multitud suponía para el autocontrol de los individuos, afirmó que no sólo en Yucatán, sino en “la República entera” era necesario restablecer la fe de la gente en las autoridades judiciales: “Que no se hable ya más de impunidades chocantes, ni de reincidencias provocadas por aplicaciones negativas de la ley. Que la segregación del delincuente y su reclusión en establecimientos propios para su mejoramiento integral no sean palabras vacías. Sólo así podremos revivir en las clases populares la confianza y la tranquilidad”.

La desconfianza en las autoridades, sin embargo, no se basaba necesariamente en la preocupación de la población por el “mejoramiento integral” o la rehabilitación del criminal, sino más bien en el deseo de aplicar un castigo proporcional a la gravedad de los delitos. Esto se ve con mayor claridad en el relato sobre el linchamiento de dos asesinos que cumplían condenas en la cárcel del pueblo de Tianguistengo, Hidalgo. Al enterarse de que los criminales iban a ser trasladados a la penitenciaría de Pachuca, una gran multitud se amotinó afuera de la cárcel para “protestar contra el humanitario traslado de los criminales”.27 La prensa afirmó que la policía “tomó precauciones para defenderlos y para llevarlos en paz hacia su destino. Pero los gendarmes eran [sólo] diez y, además, no estaban muy convencidos de que debían defender a los chacalitos”.28

El apoyo a las formas extralegales de castigo contra asesinos continuó hasta bien entrada la década de 1950. Las referencias a la aplicación de la ley fuga, en paralelo o casi mezcladas con el apoyo de la gente a los linchamientos, indican que los ciudadanos consideraban estas dos prácticas como parte de un mismo conjunto de métodos al margen de la ley para castigar a los criminales. Esto queda claro en el intento de linchamiento de Humberto Lara Montes y Francisco Durán Andrade, conocidos como “los descuartizadores”.29 Los dos hombres fueron acusados del asesinato de su jefe, el tintorero Urbano Maldonado Tejeda, el 3 de julio de 1950, en la Ciudad de México. Tras obtener su confesión, la policía los llevó al lugar del asesinato, la tintorería Maclovia, para reconstruir la escena del crimen. Allí, ante la policía, el fiscal, los periodistas y un grupo creciente de espectadores curiosos, Humberto y Francisco describieron con lujo de detalles cómo habían matado al señor Urbano. Como era costumbre en las investigaciones criminales de la época, los dos hombres “escenificaron” el asesinato con la ayuda de un soldado que se ofreció a hacer el papel del fallecido.

La prensa, que no escatimó en dar detalles a sus lectores, narró cómo la indignación de la gente se intensificaba a medida que los criminales relataban cómo habían llevado a cabo el asesinato. Humberto y Francisco explicaron que primero habían estrangulado a don Urbano y, cuando éste agonizaba en el suelo, ambos se arrodillaron a rezar “para ayudarlo a bien morir”. Una vez muerto, Humberto y Francisco desmembraron el cuerpo: le cortaron las manos, le rompieron las piernas y lo decapitaron. A excepción de la cabeza, que dejaron en la tintorería, las restantes partes del cuerpo fueron escondidas en diferentes lugares. Mientras los asesinos describían sus acciones, el grupo de espectadores, que ya se contaban por decenas, gritaba: “Línchenlos. Quémenlos vivos. Aplíquenles la Ley Fuga. Fusílenlos”. La prensa describió cómo la gente exigía que los descuartizadores fueran desmembrados de la misma manera en que habían mutilado al tintorero: “Dejen que nosotros hagamos la justicia […] Estas bestias no merecen otra cosa más que morir como perros, como fieras”.30 En cierto momento, la multitud estaba tan agitada que los granaderos tuvieron que intervenir para evitar el linchamiento de los dos hombres.31

Además de las continuas referencias a la ley fuga y los linchamientos como medios deseables para castigar a los asesinos, la pena de muerte siguió siendo popular durante la década de 1950. Describiendo el linchamiento como una práctica que pertenecía al “pueblo” y, casi siempre, a “la plebe”, un editorial publicado en agosto de 1950 explicaba que los linchamientos habían aumentado en el país en los últimos años por dos razones: porque ya no se aplicaba la pena de muerte en la capital y porque se habían incrementado los “crímenes cada vez más atroces”.32 Aunque el autor no especificaba qué crímenes debían calificarse de atroces, probablemente tenía en mente el asesinato, un delito que suscitaba debates sobre la necesidad de reinstaurar la pena de muerte. Sin embargo, la evidencia sugiere que para 1950, al menos a nivel nacional, los asesinatos no iban en aumento, sino que en realidad experimentaban una tendencia a la baja —tendencia que comenzó en 1940 y que continuaría durante las décadas siguientes—.33 De cualquier forma, la prensa se refería a la necesidad de castigar el asesinato con asesinato, bajo la lógica de la proporcionalidad del “ojo por ojo”. El linchamiento se interpretaba, así, como una forma de justicia justificable, proporcional y expedita para aplicarse contra aquellos que, por haberle quitado la vida a otros, no merecían un castigo por medios legales.

Periodistas y editorialistas llegaron incluso a sugerir que los linchamientos y la ley fuga persistían porque el Estado ya no podía matar a los culpables de manera legal.34 En referencia al linchamiento de un hombre que había matado a su padre, un editorial publicado por Excélsior en 1953 expresaba: “En tal actitud popular debe advertirse un aviso elocuente: el de la justicia por propia mano. Si los encargados de imponer severos castigos no lo hacen, o las leyes continúan permitiendo la impunidad de los criminales, el pueblo buscará la manera de defenderse, de tomar venganza, de ponerse al margen de los códigos blandos y elásticos, para hacerse justicia por sí mismos”.35 Asimismo, al informar sobre un triple asesinato cometido por ocho “chacales” que estuvieron a punto de ser linchados, La Prensa declaró en referencia a los victimarios: “El único castigo que son capaces de comprender sus instintos feroces [es] la muerte, el paredón justiciero e infamante”.36 Haciéndose eco de estas opiniones, un editorial publicado en 1956 por El Informador reflexionaba sobre la necesidad de castigar los “crímenes sangrientos” matando al culpable. El tono sin rodeos utilizado en el artículo merece citarse con cierto detalle:

En el estado de Chihuahua se han cometido, a últimas fechas, crímenes horrendos que tienen alarmada a la sociedad; han sido crímenes de sangre brutales que han levantado una enorme indignación y que han inclinado a la opinión pública en el sentido de pedir la aplicación de la pena de muerte para los criminales […] Se ha llegado a hablar entre el público de aplicar el linchamiento a los asesinos, si no se aplica la pena de muerte en forma legal […]

La pena de muerte debe existir en los códigos de un país que, como el nuestro, usa sin reservas del asesinato. Aquí en México la vida del pacífico está siempre a merced del matón, del pistolero, del asesino profesional u ocasional que, sin más ni más, por cualquier discusión o por cualquier disgusto […] quita la vida o hiere a quien tiene por delante. Así, en cada habitante del país, hay un criminal o una víctima en potencia. Nadie está seguro de nadie. Pero llevan la ventaja los asesinos y los pistoleros y los matones, porque no son castigados con la misma pena que ellos aplican a sus víctimas.37

 

Gema Kloppe-Santamaría
Historiadora y socióloga. Profesora adjunta de historia y relaciones internacionales en la Universidad George Washington.


1 “El primer criminal linchado en México”, La Prensa, 21 de abril de 1930.

2 “Primer caso de linchamiento”, El Porvenir, 24 de abril de 1930.

3 La evidencia histórica de linchamientos en el país se remonta al menos al siglo xviii en forma de castigos comunales, extralegales y crueles perpetrados contra las autoridades, desde recaudadores de impuestos hasta párrocos y alcaldes. Véase Taylor, Drinking, Homicide and Rebellion in Colonial Mexican Villages, pp. 115-118. No obstante, el término linchamiento (escrito también como lynchamiento) cobró relevancia en México apenas a mediados del siglo xix en el contexto de la discusión pública acerca de este fenómeno en Estados Unidos. Para ver más sobre el uso de este término en México, véase el apéndice.

4 “Fue linchado un asesino”, La Opinión, 15 de abril de 1930.

5 Islas de González Mariscal, “La pena de muerte en México”; Meade, “From Sex Strangler to Model Citizen”, p. 353; sobre los debates públicos en torno a la pena de muerte en el caso de asesinatos, véase Speckman Guerra, En tela de juicio, pp. 448-450.

6 El asesinato rara vez se castigaba en el México posrevolucionario: sólo 38% de los asesinos acusados fue declarado culpable entre 1926 y 1952. Piccato, “Murders of Nota Roja”, p. 227.

7 “Crimen sin nombre se cometió en la persona de una niña”, La Opinión, 9 de julio de 1933.

8 Por ejemplo, el 16 de julio de 1934, un hombre acusado de la violación de una niña de ocho años en Puebla recibió dos disparos de la pareja de policías que lo estaba llevando a la penitenciaría. La prensa y los funcionarios públicos afirmaron que el supuesto violador había intentado escapar. “Pagó con su vida el ultraje a una niña”, La Opinión, 16 de julio de 1934. Para el análisis de otros casos, véase Piccato, “Ley Fuga as Justice”.

9 “¿Se aplicó la ley fuga a los asesinos de una niña?”, La Opinión, 16 de julio de 1933.

10 “Alleged Girl Slayer Executed in Mexico”, The New York Times, 18 de febrero de 1938. En su relato de los hechos, Vanderwood explica que Castillo Morales fue obligado a correr por su vida mientras dos pelotones de ejecución le disparaban delante de cientos de personas. En este sentido, su ejecución fue una especie de ley fuga “escenificada” con algunos, pero no todos, los elementos requeridos por la ley marcial para la ejecución de un soldado convicto. Véase Vanderwood, Juan Soldado, pp. 49, 54-55.

11 Véase Vanderwood, Juan Soldado, pp. 51-72.

12 “El sanguinario alcalde de San Andrés Tuxtla y su pistolero de confianza, presos y a punto de ser linchados por el pueblo”, La Prensa, 5 de diciembre de 1941.

13 “El asesino de Ixtlahuaca, a punto de ser linchado por la multitud poseída de coraje”, La Prensa, 27 de agosto de 1942.

14 “El populacho indignado iba a linchar a dos chacalazos”, La Prensa, 4 de septiembre de 1944.

15 Es muy poco probable que los hermanos Herrera hubieran sido castigados con la pena de muerte, ya que había sido reinstaurada en 1943 por el presidente Ávila Camacho para casos muy limitados, incluido el asalto en despoblado o el robo en carretera. Además, como argumenta Meade, el presidente indultó a la mayoría de los condenados a la pena de muerte. Véase Meade, “From Sex Strangler to Model Citizen”, p. 375.

16 Para algunos ejemplos de presuntos asesinos que habían sido amenazados de linchamiento pero fueron salvados por la policía, véanse “Desalmado sujeto que estuvo a punto de ser linchado por un grupo numeroso de gentes”, El Nacional, 9 de abril de 1933; “Guarnición federal en el sur del estado”, El Porvenir, 29 de marzo de 1935; “Horrible tragedia ocurrió ayer en la calle del General Regules”, La Prensa, 23 de marzo de 1942; “A pedradas le dieron muerte a un nevero”, La Prensa, 29 de abril de 1942; “Estuvo a punto de ser linchado por el asesinato de un individuo”, La Prensa, 1 de septiembre de 1942; “Cabareteras y clientes iban a lincharlo por asesino”, La Prensa, 13 de enero de 1943; “Un asesino estuvo a punto de ser linchado por la multitud”, El Universal, 13 de mayo de 1952; “El estrangulador a punto de ser linchado por una turbamulta”, El Porvenir, 1 de diciembre de 1956.

17 Además de participar en ajustes de cuentas y venganzas políticas en el México posrevolucionario, los policías trabajaban como pistoleros de algunos individuos poderosos e influyentes a nivel local y se beneficiaban directamente de ciertas actividades criminales. Véase Rath, Myths of Demilitarization, pp. 115-143; Davis, “Policing and Regime Transition”; Águila y Bortz, “The Rise of Gangsterism and Charrismo”; Smith, Pistoleros and Popular Movements; Piccato, A History of Infamy, pp. 161-190.

18 Extracto de carta escrita por Juana González, 8 de marzo de 1933, agn, alr, exp. 542/253.

19 Carta dirigida al presidente, firmada por Delfina Castro de García, julio 1940, agn, dap, Serie Asesinatos, caja 52, 2/012.2(18-132)/1, exp. 46; “Se inserta informe del C. Presidente Mpal. en el que comunica la muerte del extinto bandolero José García Pinto”, 17 de agosto de 1940. agn, dap, Serie Asesinatos, caja 52, 2/012.2(18-132)/1, exp. 46. Para otros ejemplos, véanse agn, arc, exp. 541/484 (telegrama al presidente firmado por Servando Espinosa con respecto a las actividades criminales de policías en Matamoros, Tamaulipas, 17 de marzo de 1955); agn, arc, exp. 541/518 (transcripción de un artículo que describe la tortura y asesinato de Miguel Prieto Mora a manos de unos policías de Otatilán, Veracruz, 25 de julio de 1957).

20 “Furiosa multitud quiso aplicar tremenda sanción a individuo que hirió a otro”, Excélsior, 23 de octubre de 1940.

21 “Monstruoso ebrio balaceó a un niño por ridículos celos”, La Prensa, 23 de enero de 1943.

22 Sobre cómo la prensa de la época representaba este tipo de asesinatos “pasionales” o motivados por celos, véase Núñez Cetina, “Los estragos del amor”.

23 “Un pistolero de políticos linchado por la multitud de la Ciudad de Torreón”, Excélsior, 21 de febrero de 1940.

24 Como sugiere este ejemplo, muchas víctimas de linchamiento no fueron sólo asesinadas, sino rematadas. El linchamiento de José Galván, responsable del asesinato de al menos seis personas en Jilotepec, Estado de México, también supuso un uso excesivo de la violencia. Tras ser linchado por una multitud de decenas de personas, que lo apuñaló y le disparó hasta que no dio señales de vida, su “cuerpo sangrante” fue arrastrado por un caballo por las calles principales del pueblo. “Fue linchado un asesino de negra historia y se arrastró su cadáver”, La Prensa, 20 de septiembre de 1943. Un artículo periodístico relacionado narró que la gente de Jilotepec y pueblos aledaños celebró una misa agradeciendo a Dios por el linchamiento de este hombre, quien era conocido también como “Pancho Villa”. “Acción de gracias por el linchamiento de Pancho Villa”, La Prensa, 21 de septiembre de 1943.

25 “Una multitud de quinientas personas trató de linchar en Jilotepec a infame asesino”, La Prensa, 1 de junio de 1943. La prensa informó que, unos días antes, Dolores Alcántara había disparado a un hombre frente a cientos de personas en el tianguis del pueblo. En esa ocasión, la prensa informó que los pobladores estaban enfurecidos y ya habían intentado capturar al criminal para lincharlo, pero no lo lograron porque el alcalde lo había detenido bajo custodia policial. “Brutal asesino iba a ser linchado en Jilotepec”, La Prensa, 18 de mayo de 1943.

26 Santiago Burgos Brito, “Un linchamiento en Yucatán”, El Informador, 5 de junio de 1942.

27 “Linchamiento”, El Nacional, 22 de mayo de 1945.

28 Según La Prensa, los dos hombres habían asesinado a cerca de cuarenta personas. Ambos fueron lapidados y apaleados hasta la muerte por hombres, mujeres e incluso niños. “Linchamiento de 2 torvos chacales”, La Prensa, 22 de mayo de 1945.

29 “La multitud quiso linchar a los descuartizadores”, La Prensa, 30 de julio de 1950.

30 El asesinato colectivo de Leonardo Blancas, un asesino que fue baleado por unos campesinos, también fue descrito como un caso de ley fuga, aunque no implicó a las autoridades estatales, y fue presentado como un acto de “venganza popular”. Véase “Venganza colectiva contra un asesino”, La Prensa, 10 de agosto de 1943.

31 La indignación pública causada por el asesinato de don Urbano fue tal, que semanas después la prensa informó que los homicidas habían recibido amenazas de linchamiento dentro de la prisión de Lecumberri. “Los chacales amenazados”, La Prensa, 3 de agosto de 1950. No era la primera vez que la nota roja mencionaba el peligro que enfrentaban los criminales de ser linchados en prisión por otros reclusos. Por ejemplo, el 5 de abril de 1941, La Prensa informó que las prisioneras de la penitenciaría femenil de Lecumberri esperaban a Felicita Sánchez Aguillón, apodada La Hiena, para lincharla. Felicita fue acusada de ayudar a matar y desaparecer los cuerpos de niños que habían nacido de madres solteras. “Van a linchar si pueden a la mujer hiena”, La Prensa, 15 de abril de 1941. Sobre los crímenes de Felicita Sánchez Aguillón y otras mujeres transgresoras, véase Santillán Esqueda, “Mujeres delincuentes e imaginarios”.

32 Mónico Neck, “Apuntes de actualidad”, El Nacional, 2 de agosto de 1950. Como en otras notas de la época, el autor afirmaba por error que el linchamiento en México no era un “procedimiento arbitrario” ni tenía “carta de naturalización”, como si lo tenía supuestamente en Estados Unidos donde habitaban los “bárbaros kukuxclanes”.

33 Piccato, “Estadísticas del crimen en México”.

34 De manera reveladora, Meade narra que el primer criminal condenado que se libró de la pena de muerte debido a su reciente eliminación fue abatido “mientras intentaba escapar” de la colonia penal de las islas Marías. Meade, “From Sex Strangler to Model Citizen”, pp. 355-356; véase también Piccato, A History of Infamy, p. 122.

35 “Protección contra el crimen”, Excélsior, 12 de noviembre de 1953.

36 “Bestial orgía de ocho chacales”, La Prensa, 5 de febrero de 1944.

37 “La pena de muerte”, El Informador, 21 de septiembre de 1956. El mismo periódico publicó un editorial análogo unos meses antes: “Consideraciones sobre la pena de muerte”, El Informador, 29 de julio de 1956.

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Publicado en: Justicia, Política