Lo sucedido el 24 de junio de 2022, cuando la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos echó abajo la determinación jurídica Roe vs. Wade por la que se reconocía el derecho al aborto en ese país, ha tenido reverberaciones que van más allá de la afectación que esta decisión tendrá sobre las mujeres estadunidenses (que ya es bastante). Es algo que ha significado un golpe importante sobre la calidad de la democracia de Estados Unidos; a la vez, actúa a nivel “universal” en detrimento de la narrativa predominante en torno a los derechos y a cómo estos llegan a formar parte del orden jurídico de un país democrático. Es por ello que el hacer una interpretación adecuada de la retroalimentación existente entre una sociedad y su ordenamiento jurídico puede servir para evitar que la pérdida de derechos se convierta en una tendencia en el futuro.
La narrativa predominante, que podríamos denominar como teleológica, sostiene que, conforme pasan los años, las sociedades progresan más y, como consecuencia, sus ciudadanos gozan de más y más derechos; y que esto será así irremediablemente, pues todo forma parte de una retroalimentación positiva según la cual más derechos generan más progreso, lo que eventualmente genera más derechos, y así sucesivamente. Es necesario reconocer que esta narrativa se encuentra en gran medida sustentada por los hechos. Basta echarse una vuelta por la entrada de Wikipedia sobre la legislación del aborto en el mundo para dar cuenta de lo que es una clara tendencia: con el paso de los años el derecho al aborto se ha ido extendiendo entre más y más países. De acuerdo con esta fuente, en 1973, el año de Roe vs. Wade, este derecho estaba presente en 23; mientras para 2022 lo está en 69 países. En México esta narrativa también se sostiene en los hechos, ya que fue hasta el año pasado que la Suprema Corte de Justicia de la Nación institucionalizó el derecho al aborto, mientras que diez años antes, esta misma corte (aunque con otra integración) decidió desechar un par de acciones de inconstitucionalidad en perjuicio de los derechos reproductivos de las mujeres. Según esta narrativa, en 2011 la sociedad mexicana no habría tenido el nivel de progreso suficiente como para que el resultado fuera otro.

Sin embargo, no está del todo claro dentro de esta narrativa de qué tipo de progreso estamos hablando, si de un progreso epistemológico o de un progreso moral. Probablemente muchos juristas argüirán que se trata de un proceso epistemológico dado que los derechos no pueden encontrarse subordinados a una cuestión de tipo moral (probablemente a esto se refiere Arturo Zaldívar cuando en su posicionamiento el año pasado dice que “la cuestión del aborto debe abordarse desde una perspectiva de derechos”). Y es que si los derechos estuvieran subordinados a las cuestiones morales, muchos de los que hoy están garantizados por el Estado estarían en riesgo si la sociedad de pronto se volviera moralmente más conservadora, siendo el aborto y el matrimonio igualitario los ejemplos a la mano. En este mismo sentido se podría argumentar que los derechos son herederos de las ideas propias de la Ilustración como movimiento intelectual y que ha sido el progreso epistemológico el que nos ha llevado de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 hasta nuestros días, pasando por la abolición de la esclavitud, el reconocimiento de los derechos civiles de las mujeres, la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, entre otras tantas; y que seguimos en proceso de alcanzar nuevos hitos en este sentido.
Sin embargo, al analizar más en detalle las circunstancias en que, por ejemplo, el aborto llegó a ser defendido jurídicamente por la corte en México, todo parece muy extraño, casi caricaturesco, si todo se reduce al desarrollo de las más sesudas ideas sería como si los ministros de la Suprema Corte, haciendo justicia a sus característicos atuendos, llevaran vidas de monjes y pasaran día y noche encerrados en una mazmorra estudiando hasta alcanzar la iluminación respecto a tal o cual asunto. Aun si este fuera el caso, no se explicaría cómo es que fue posible que a los ministros en México les tomara tantos años —¡más de cuatro décadas!— interiorizar una idea que estaba vigente al menos desde 1973 en el país vecino. Ni se explica por qué, si los derechos son materia de episteme y no de mera doxa, los principales promulgadores de los derechos no son ellos, sino los miembros del Poder Legislativo, quienes en la gran mayoría de las ocasiones están muy lejos de ser doctos del Derecho. Sobre todo no se explica que en pleno 2022 los jueces de la Suprema Corte de Estados Unidos de pronto concluyeran que este país había vivido por casi medio siglo en el error y que era momento de corregir el rumbo. Viéndolo así no parece que todo esto se trate puramente de una disputa socrática o habermasiana por la búsqueda de la verdad.
La alternativa de esta narrativa es que, en realidad, todo se trate del progreso moral, pero aquí sucede algo muy similar. Por un lado, al mirar las estadísticas demográficas, podemos encontrar una clara disminución de la religiosidad a lo largo de los años tanto en Estados Unidos como en México, situación que quizá podría corresponderse con la aprobación legal de derechos que, como el aborto, llevan una carga moral y religiosa importante. Sin embargo, al analizar en detalle, específicamente respecto al aborto, las cosas nuevamente no tienen mucho sentido: en México, en septiembre de 2021, cuando se decretó la postura de la SCJN a favor del aborto, un 64 % de la opinión general se manifestaba en contra del mismo;1 mientras que en Estados Unidos, para este año en el que se desmontó Roe vs. Wade, la estadística muestra la postura opuesta: seis de cada diez consideraban que el aborto debía ser legal en todos o la mayoría de los casos. En ambas situaciones la corte se posicionó en sentido contrario a la opinión moral de la mayoría de los ciudadanos de su país.
El problema entonces no son las interpretaciones como tales, ya que ambas conservan cierto poder explicativo, lo que falla es el apelar a una de las dos de forma restrictiva. Lo cierto es que para que un derecho como el del aborto pase a formar parte del orden jurídico de un país, independientemente de si se esto se logra a través del poder jurisdiccional o el legislativo, son necesarias ciertas condiciones epistemológicas, pero también morales y, además, otras de carácter político. Sabemos bien que lo de Roe vs. Wade es una situación particular y que en gran medida es consecuencia de la fuerte partidización de la Suprema Corte en ese país, pero difícilmente algo así habría sido posible sin la alta polarización política que experimenta su sociedad actualmente. Aun así, se prevé que el partido republicano sufrirá hasta cierto punto las consecuencias de esta decisión jurídica en las próximas elecciones intermedias. ¿Quién ganó con ello entonces? Las élites, los grupos de poder que cabildean y otras organizaciones de activistas que ejercen presión constante sobre representantes y son muy activos en la llamada política de base. Al final, se trató más una cuestión de oportunidad que otra cosa. En México el año pasado, muchos comentadores hicieron énfasis en la labor de varios colectivos feministas y otras organizaciones no gubernamentales que estuvieron trabajando durante años para hacer posible ese avance en el derecho de las mujeres. Pienso que tienen razón, y que la situación entre México y Estados Unidos es en espejo —y en ambos casos, más allá de ideas, moralidad u opinión pública, el factor clave fue que se aprovechó el momento político.
De esta manera es que hemos dado entonces con una interpretación que, apoyándonos en el filósofo estadunidense Richard Rorty, podríamos denominar como “contingente”, y que no sólo nos ayudaría a explicar el reconocimiento de los derechos a partir de una confluencia de circunstancias temporales de carácter moral y epistemológico, sino que principalmente pondría en entredicho el carácter determinista de la interpretación teleológica por la que los derechos indudablemente habrán de expandirse, e incluiría la posibilidad real de que, debido a que los derechos surgen de una serie de condiciones contingentes y de diversa índole, es posible que de hecho en algún momento puedan disminuir. Intentaré explicar la importancia de esta interpretación a partir de una historieta de Calvin y Hobbes: aquella en la que el pequeño niño Calvin le dice a su tigre de peluche: “¡He decidido que voy a creer en Santa Claus!”, sorprendido al escuchar esto, el tigre le pregunta: “¿Bajo qué fundamentos?”; a lo que Calvin remata con un “no conozco a nadie más que esté dispuesto a traerme regalos esta Navidad”. Para Calvin, Santa Claus es justo como el Estado, el gobierno, las leyes o las instituciones son para los individuos que vivimos en sociedad: ficciones en las que hemos decidido creer. Pero no porque haya algo inherentemente bueno en ellas, sino porque con ello hacemos realidad la serie de beneficios que estas arrojan sobre nosotros. Sin embargo, con los derechos llega a pasar justamente lo contrario: creemos en ellos porque los consideramos inherentemente buenos y estamos tan convencidos de que vendrán por sí solos con el paso del tiempo (narrativa teleológica), que llegamos a olvidar que estos son también una ficción. Es como si los padres de Calvin fueran tan afectos de la figura ficticia de Santa Claus, que de hecho esperasen que en Navidad pusiera los regalos debajo del árbol, en lugar de hacerlo ellos mismos.
En la historieta, Calvin es un pragmático: como si adoptara la filosofía de Rorty, subordina la cuestión relativa a la existencia real de Santa Claus al hecho de recibir sus regalos. Del mismo modo, Rorty considera que contrario al enfoque que tradicionalmente adopta la filosofía, no es posible alcanzar una fundamentación filosófica sobre la verdad o sobre qué es lo correcto. Citando a otro filósofo pragmático, John Dewey, Rorty resume esto en que la cuestión no es ubicar cuáles son los fundamentos filosóficos de la democracia, sino identificar qué es lo que puede hacer la filosofía por la democracia (no se trata de si Santa Claus es real o no, sino de cuántos regalos va a traer). Pero la perspectiva de Rorty no se encuentra limitada a un mero agnosticismo filosófico o moral, o a un pragmatismo sin más en el que cualquier cosa vale lo mismo y se atiende sólo a los fines, ya que, además de ser un pragmático, este autor se autodefine en sus textos constantemente como un liberal; pero no un liberal en el sentido económico como podría ser Hayek, en lo filosófico como podría ser Rawls o incluso en lo referente a la comunidad política como podría ser Locke; probablemente estaría más cerca de un liberalismo como el que se asocia con Montesquieu, es decir: uno que trae albergado los valores propios de la Ilustración, mismos que se han solidificado en nuestros días en torno al modelo de democracia constitucional (en las antípodas del “ser liberal” de Rorty podríamos encontrar a Carl Schmitt, por ejemplo).
Para resolver la aparente contradicción entre la falta de fundamentación filosófica o la existencia de ideas desde un punto de vista ontológico, y la reafirmación del liberalismo ilustrado que es no más que una serie de ideas de carácter filosófico, Rorty se aboca a una fundamentación que, al igual que sucede con los derechos, no deja de ser de carácter contingente. De acuerdo con él, esta fundamentación no sería más que una “descripción de todas aquellas cosas características de nuestro tiempo que más aprobamos, con las que sin lugar a dudas nos identificamos, una descripción que sea consecuente con los desarrollos históricos que nos llevaron hasta nuestra época y que refleje el significado de los fines que estos han estado persiguiendo”.2 En el mismo sentido, citando a Rawls, para Rorty lo que justificaría a un concepto de justicia sería “su congruencia con el entendimiento más profundo que tenemos de nosotros mismos y nuestras aspiraciones, así como del hecho de reconocer que, dada la historia y tradiciones que se encuentran imbuidas en nuestra vida pública, esta justificación será la doctrina más razonable para nosotros”.3
Así, para no desentonar con el pragmatismo rortyano, podemos resumir que para lo que nos sirve esta filosofía es para darle una explicación y una salida al problema filosófico que se nos presenta en la praxis con la decisión de la corte estadunidense. Nuestras ficciones, incluso aquellas que más nos gustan, no dejan de ser ficciones y dependen enteramente de lo que hagamos de ellas. No están fincadas en una suerte de fuerza natural o en una verdad cósmica que hemos alcanzado a desvelar; justo como si se tratase de un lenguaje, son los ires y venires del uso lo que determina su forma actual. Es por ello que puede haber retrocesos y que más vale defender aquellas características de nuestro tiempo que más aprobamos —entiéndanse por éstas, regalos en Navidad o el derecho a un aborto libre, seguro y gratuito—. Es necesario hacer que sigan sucediendo y hacer que sucedan otras. Pero esta convicción no acaba aquí.
Por supuesto no podemos asumir que, incluso dentro de la misma sociedad, todos van a considerar que las mismas cosas son dignas defensa. Los choques ideológicos, políticos y culturales son cada vez más comunes. Por lo que especialmente en sociedades políticamente muy polarizadas o multiculturales, habrá situaciones en que estas convicciones sean completamente contrapuestas. En una entrevista en televisión en 1997 cuestionaban a Rorty sobre cómo asumir el carácter contingente de lo que está bien o de lo que es correcto cuando en una sociedad como la británica o la estadunidense una gran mayoría de los ciudadanos está, por ejemplo, a favor de la pena de muerte; con todo y que estos ciudadanos, en general, gozan de altos de niveles de libertad, prosperidad, educación y seguridad, bondades propias de las mejores democracias. A decir del mismo Rorty, un autor como Habermas, cercano en cierta medida a la postura rortiana respondería que hacen falta mejores condiciones educativas y de libertad para una deliberación pública adecuada que haga funcionar la acción comunicativa. Sin embargo, Habermas no estaría dispuesto a aceptar que los fundamentos filosóficos resultantes de esta acción contravinieran los fundamentos filosóficos propios del ideal ilustrado. Bajo estas circunstancias se entraría en una búsqueda constante por alcanzar los niveles educativos y de libertad comunicativa adecuados hasta que las conclusiones resultantes de este proceso se ajustasen a criterios de validez previamente establecidos, por lo que difícilmente podríamos seguir sosteniendo que estas conclusiones fueron alcanzadas en libertad, lejos de presiones o alienación. En otras palabras, el Habermas de hoy no podría ponerse de acuerdo con un Habermas de hace un siglo, aunque ambos defendiesen la misma tradición ilustrada, simplemente porque habría ciertas condiciones contingentes que serían diferentes para ambos por provenir de épocas distintas. Por su parte, el Rorty que conocimos podría coincidir con un Rorty decimonónico al adoptar una postura pragmática que tomara en cuenta las condiciones contingentes del momento en cuestión.
Así pues, frente al problema de la popularidad de la pena de muerte en las democracias desarrolladas, también nos puede ser de ayuda el pensamiento de Rorty. Éste nos obliga identificar y trabajar sobre las contradicciones que aparecen dentro de nuestro propio sistema de creencias, que debemos defender políticamente no por tratarse del más cercano a concepciones ontológicas de la verdad o la justicia, sino porque es el que mejor nos representa en la actualidad. En esa línea, debería pensarse si la pena de muerte no podría ser incompatible con el modelo de democracia constitucional y carcomer sus propios fundamentos (contingentes) desde dentro, y advertir que con ello se perderían la libertad, prosperidad, educación y seguridad que disfrutan y defienden incluso sus más acérrimos admiradores. En sentido pragmático bastaría con cuestionar a estos ciudadanos si estarían dispuestos a prescindir de la democracia y de sus bondades con tal de instaurar o preservar la pena de muerte. Al final, se trata de no perder de vista nuestras más profundas convicciones actuales, jamás abandonar el activismo político y no olvidar que si dejamos que desaparezca la ficción de la Navidad, no sólo desaparecerá con ella Santa Claus, también los regalos bajo el árbol.
Daniel Flores Gaucin
Politólogo, doctor por la Universidad Autónoma de Madrid
1 Estadística consistente con la encuesta de Pewresearch de 2014 donde la oposición al aborto legal en México también se ubicaba por encima del 60 %.
2 Rorty, R. Contingency, Irony, and Solidarity, Cambridge University Press, 1989, p.55
3 Ibid, p.58
En el tema del aborto veo que no hay una reflexión seria sobre el estatus ontológico del no nacido, a la luz de los avances en neurociencias que nos han permitido saber que personas en estado vegetativo podrían estar concientes, y que animales que no tienen neocortex pueden sentir dolor y ser concientes, o que los fetos después de las 12 semanas ya sienten dolor.
El pragmatismo defendido aquí en un defensor del status quo, pero de forma interesada pues niega el problema de la fundamentación de sus apetencias. Básicamente es una receta para la polarización entre posiciones (o sentires) irreconciliables y la negación de las culturas no occidentales, o toda aquella cultura que no sea lo suficientemente «democrática».